Hace seis días, el presidente Guillermo Lasso autorizó la tenencia y el porte de armas de uso civil para defensa personal, a escala nacional. Lo hizo la noche del 1 de abril del 2023, luego de firmar el Decreto Ejecutivo 707.
El Primer Mandatario dijo que el objetivo es adoptar una medida urgente frente a los hechos delictivos registrados en el país y “frente al enemigo en común’ que tiene Ecuador que es la delincuencia, el narcotráfico y el crimen organizado”, dijo Lasso.
Para poder tener o portar una arma de fuego, la ciudadanía deberá obtener el permiso a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
¿Qué tipo de armas podrá tener y portar la ciudadanía?
Este jueves 6 de abril del 2023, las Fuerzas Armadas (FF.AA.) indicaron que las personas no podrán usar todos los tipos de armas que existen en el mercado. Para obtener la autorización, el artefacto deberá cumplir con una característica específica.
Según esa institución militar, las personas podrán tener y portar armas de un calibre menor de 9 milímetros. Por lo tanto, están prohibidas, para uso civil, las artefactos superiores al calibre 9 mm, fusiles y armas automáticas, entre otros.
¿Cuánto cuesta una arma de fuego?
Según las FF.AA., el costo de una arma de fuego nueva oscila entre los USD 1 500 y USD 3 000. Ese valor deberá ser cubierto en su totalidad por la persona que desee adquirir el permiso de porte y tenencia de arma para uso civil.
“Aunque el costo aún está en manos de los importadores. Primero, ellos deben tener los permisos correspondientes para poder ingresar esas armas al Ecuador y poder comercializarlas”, indicó el personal de la institución castrense
Requisitos para obtener la autorización para la tenencia y porte de armas
En ese Decreto Ejecutivo se establecieron disposiciones reformatorias al Reglamento a la Ley sobre Armas, Municiones y Explosivos. En el artículo 84 se aumentaron los requisitos que deben cumplir las personas que busquen tener o portar un arma de fuego en Ecuador
1.- Tener como mínimo 25 años de edad.
2.- Poseer un certificado de la prueba psicológica emitido por el Ministerio de Salud Pública.
3.- Tener un certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional.
4.- No tener sentencias condenatorias ejecutoriadas por cometer un delito.
5.-No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
6.- Obtener un certificado de haber superado un examen toxicológico, que determine que la persona no ingiere drogas y no es alcohólica, emitido por Ministerio de Salud Pública.
7.- Otros requisitos que establezca el Ministerio de Defensa Nacional y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Los permisos para porte o tenencia de armas de fuego para personas y empresas tendrán una validez de dos y cinco años respectivamente, y para su renovación deberán volver a cumplir con los requisitos.
Aunque se obtenga el permiso, el porte está prohibido en manifestaciones, reuniones, asambleas, juntas y más actos públicos.
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