Imagen referencial. Los pagos de decimotercero, de fondos de reserva y del aporte al IESS se afectan bajo la nueva norma. Foto: Pxfuel
Un grupo de trabajadores debe laborar hasta la mitad del tiempo habitual y su salario bajó casi en la misma proporción. En esa situación están
9 319 personas que trabajan bajo la figura de “reducción emergente de la jornada”.
La modalidad es parte de la Ley Humanitaria, que está en vigencia desde el 22 de junio.
Los pagos de decimotercero (bono navideño), de fondos de reserva y del aporte al IESS se afectan bajo la nueva norma, pues se calculan con base en la remuneración percibida y jornada efectivamente laborada.
El Código del Trabajo también contempla la reducción de la jornada en caso de fuerza mayor, pero es hasta el 25% y solo afecta al salario, sin tocar aportes ni otros beneficios (ver puntuales). El empleador puede decidir cuál de las dos figuras quiere aplicar.
Marco (nombre protegido) ganaba el salario básico, pero desde el 25 de junio pasado, tres días después de que entró en vigor la Ley Humanitaria, sufrió una reducción de la jornada de hasta el 50%. Ahora, el joven de 28 años trabaja de lunes a viernes, de 08:00 a 12:00. Recibe unos USD 200 al mes.
Los recursos solo le alcanzan para pagar parte del arriendo, comprar algo de comida y leche y pañales para su hijo.
La empresa le debe los salarios de abril y mayo. Marco no ha podido pagar USD 300 de teléfono e Internet desde marzo. También dejó de cancelar luz y agua. Para cubrir sus gastos, el joven analiza vender ropa y zapatos en su tiempo libre.
Según el Ministerio de Trabajo, 82% de trabajadores con la jornada “emergente” de la Ley Humanitaria se concentra en Pichincha.
En total, 1 207 empresas han usado la figura. Las actividades donde más se ha aplicado la medida son manufactura, comercio, alojamiento y comida. Estos sectores son también los que más pérdidas han sufrido por la pandemia.
Para Pablo Arosemena, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil, la aplicación de esta figura es necesaria para las empresas que, por efectos de la pandemia, tienen ingresos bajos. “La reducción permite dar cierta liquidez para evitar un cierre, reducir costos fijos y evitar despidos”.
Paulo Benites, otro trabajador, tuvo que emprender para tener más ingresos, luego de que le bajaron la jornada y le restaron el 30% del sueldo. Él pasó de recibir USD 750 mensuales a 525.
Al terminar su jornada, este ingeniero comercial vende alcohol y gel antibacterial en diferentes presentaciones.
Además, junto con una compañera de trabajo comercializa bandejas de desinfección a domicilio en Guayaquil. “Tuve que refinanciar casi USD 5 000 en deudas de tarjetas, además, tengo que pagar un préstamo de USD 7 000”, dijo.
Otra trabajadora, Laura (nombre protegido), afronta reducciones del salario mayores a las legales, del 40% desde marzo y del 55% desde abril. Pese a ello, la carga laboral no bajó. “En la práctica trabajamos más de ocho horas; a veces hasta más”.
El ministro de Trabajo, Andrés Isch, dijo que la Ley busca preservar el empleo, pero “no por eso se van a dar abusos”.
En la plataforma SUT de esa Cartera se pueden presentar quejas, recomendó la experta Andrea Muñoz. La denuncia es anónima y un inspector hará una auditoría.
Código de Trabajo
La jornada no será menor a 30 horas a la semana (baja del 25%). Aplica por acuerdo entre las partes. Dura 6 meses y se puede ampliar 6 más.
Salario. La remuneración que percibe el trabajador se reduce en función de las horas efectivamente laboradas, con un tope de hasta el 25%.
Decimocuarto sueldo. El beneficio, también llamado bono escolar que se paga en marzo y agosto, según la región, es un sueldo básico. No se afecta.
Decimotercera remuneración o bono navideño se paga sobre el 100% del salario sin afectarse por la reducción de la jornada laboral.
Los trabajadores tienen derecho a percibir fondos de reserva, que equivale al 8,33% de la remuneración. Se puede acumular o cobrarse mensual.
Ley Humanitaria
Horario puede bajar hasta la mitad (50%). Es decisión unilateral de la firma; no se requiere acuerdo. Dura un año y se puede ampliar uno más.
Remuneración baja conforme se reduce la jornada, con un tope máximo de reducción del 45%. Se pagará según las horas efectivamente trabajadas.
Decimocuarto sueldo. El beneficio, también llamado bono escolar que se paga en marzo y agosto, según la región, es un sueldo básico. No se afecta.
El decimotercero se afecta al bajar el salario porque se calcula con la remuneración real. Es el 8,33% del valor mensual. Se puede cobrar acumulado.
Los fondos de reserva se calculan en función de la remuneración efectivamente percibida cada mes, si esta baja, impacta en el valor final a percibir.