
Los vehículos con placas terminadas en 5 y 6 no podrán circular en Quito durante determinados horarios de este miércoles 5 de agosto de 2026.
La restricción se mantendrá en dos franjas: desde las 06:00 hasta las 09:30 y entre las 16:00 y las 20:00. Fuera de esos periodos, los automotores afectados podrán movilizarse con normalidad.
El último dígito de la placa determina el día en que cada vehículo debe cumplir la medida. Para este miércoles, la limitación corresponde a las placas terminadas en 5 y 6.
En el caso de las motocicletas, se toma como referencia el último número de la placa, sin considerar la letra final.
El calendario establecido para Quito se distribuye así:
La medida no se aplica durante los sábados, domingos y feriados. El Municipio de Quito recomienda revisar el calendario antes de iniciar un recorrido.
🚨 #AMTInforma | ¡Ponte pilas!
— AMTQuito (@AMT_Quito) August 4, 2026
💁 Recuerda, hoy martes, la medida “Pico y Placa” se mantiene con normalidad.
Respeta las normas de tránsito y evita sanciones.
🚘 Con cultura vial
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Los conductores que circulen durante las franjas restringidas se exponen a una multa equivalente al 15% de un salario básico unificado.
La sanción aumenta al 30% en caso de reincidencia y alcanza el 50% desde una segunda reincidencia. La normativa vigente prohíbe la retención del vehículo por esta infracción y permite sustituir la multa por trabajo comunitario.
La restricción no incluye a los vehículos de emergencia, transporte público, transporte escolar e institucional, automotores oficiales contemplados en la normativa y aquellos relacionados con personas adultas mayores o con discapacidad.
Los conductores deben portar la licencia y la matrícula vigentes durante sus desplazamientos.
La restricción corresponde a los vehículos cuyas placas terminan en 5 y 6.
En las motocicletas se toma en cuenta el último número de la placa, sin considerar la letra final.
La medida se aplicará desde las 06:00 hasta las 09:30 y entre las 16:00 y las 20:00.
Fuera de esas franjas, los vehículos con placas terminadas en 5 y 6 podrán circular con normalidad.
Los lunes tienen restricción las placas terminadas en 1 y 2; los martes, 3 y 4; los miércoles, 5 y 6; los jueves, 7 y 8; y los viernes, 9 y 0.
La medida no se aplica durante sábados, domingos y feriados.
La primera infracción se sanciona con una multa equivalente al 15% de un salario básico unificado.
La sanción aumenta al 30% en caso de reincidencia y al 50% desde una segunda reincidencia. La normativa no permite retener el vehículo por esta infracción.
La restricción no se aplica a vehículos de emergencia, transporte público, transporte escolar e institucional ni a los automotores oficiales contemplados en la normativa.
También existen excepciones para vehículos relacionados con personas adultas mayores o con discapacidad.