
En Ecuador, los jóvenes pueden votar desde los 16 años de edad, pero es facultativo para personas de entre 16 y 18 años; es decir, no es obligatorio. Sí lo es para los ecuatorianos mayores de 18 años, incluidas las personas privadas de la libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.
Para las elecciones del 5 de febrero de 2023 están habilitados para sufragar 13 450 047 electores. Las autoridades que se deben elegir son 23 prefectos y viceprefectos, 221 alcaldes, 864 concejales urbanos y sus respectivos suplentes, así como 443 concejales rurales y 4 109 vocales de las juntas parroquiales rurales.
En los próximos comicios, los menores de 18 años que tienen el voto facultativo representan el 5% del padrón electoral. En este grupo etario, que tiene el voto facultativo, 653 381 personas podrán sufragar en 2023.
El artículo 62 de la Constitución y el Código de la Democracia, en su artículo 11, mencionan que el voto facultativo es para las personas entre 16 y 18 años. Asimismo, para personas mayores de 65 años, ecuatorianos en el exterior y los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo, personas con discapacidad y analfabetos.
Los extranjeros desde los 16 años que hayan residido legalmente en el país al menos cinco años y se inscribieron en el Registro Electoral también contarán como personas que acceden al voto facultativo en las próximas elecciones.
Las personas que estén habilitadas con el voto obligatorio y no acudan a sufragar deberán pagar una multa del 10% de un Salario Básico Unificado (SBU). En el caso de las personas que tienen el voto facultativo no tendrán ninguna sanción económica por no acudir a votar. De igual manera, este grupo tampoco podrá formar parte de las juntas receptoras del voto.
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