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Las elecciones seccionales 2023 están cada vez más cerca. Este domingo 5 de febrero millones de ecuatorianos acudirán a las urnas para elegir a nuevas autoridades y decidir Sí o No en las ocho preguntas de la Consulta Popular.
Muchas preguntas surgen en torno a la jornada electoral. Una de ellas es la multa por si no acude a sufragar al recinto electoral determinado.
Antes que nada es necesario que conozca que el voto es obligatorio en Ecuador para las personas entre 18 a 64 años.
Por lo tanto, según el artículo 292 del Código de la Democracia, aquellos electores que no sufraguen enfrentarán una multa equivalente al 10% de un salario básico unificado, es decir USD 45, debido a que actualmente el salario mínimo en Ecuador es de USD 450.
Sí. Hay cinco causales para justificar la inasistencia a votar. Sin embargo, aquellas personas que no tengan justificación y no acudan a sufragar tendrán sanción económica.
El Código de la Democracia establece que las personas que podrían exonerarse de la multa por no votar son:
Si usted falta a la votación, pero tiene alguna de las anteriores justificaciones deberá presentar los documentos requeridos en alguna de las 24 Delegaciones Provinciales. También puede revisar trámites y requisitos sobre la justificación de no sufragio en el siguiente link.
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