Juezas de la Corte Constitucional se pronuncian tras la sentencia que despenaliza el aborto por violación

La sentencia se aprobó con siete votos a favor de los jueces constitucionales Karla Andrade, Ramiro Ávila (voto concurrente), Agustín Grijalva, Alí Lozada, Enrique Herrería, Daniela Salazar y Hernán Salgado.

La sentencia se aprobó con siete votos a favor de los jueces constitucionales Karla Andrade, Ramiro Ávila (voto concurrente), Agustín Grijalva, Alí Lozada, Enrique Herrería, Daniela Salazar y Hernán Salgado.

La sentencia se aprobó con siete votos a favor de los jueces constitucionales Karla Andrade, Ramiro Ávila (voto concurrente), Agustín Grijalva, Alí Lozada, Enrique Herrería, Daniela Salazar y Hernán Salgado. Foto: Galo Paguay / EL COMERCIO

La Corte Constitucional (CC) difundió este jueves 29 de abril del 2021 la sentencia que despenaliza el aborto en casos de violación en Ecuador. El fallo establece un plazo de dos meses para que la Defensoría del Pueblo presente un proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación y otorga a la Asamblea Nacional seis meses, a partir de la presentación de dicho cuerpo normativo, para que lo discuta respetando los criterios y estándares establecidos por la CC.

La sentencia se aprobó con siete votos a favor de los jueces constitucionales Karla Andrade, Ramiro Ávila (voto concurrente), Agustín Grijalva, Alí Lozada, Enrique Herrería, Daniela Salazar y Hernán Salgado. Hubo dos votos en contra de la posición de la mayoría (salvados) de las juezas Carmen Corral y Teresa Nuques.

Karla Andrade, una de las juezas que votó a favor, publicó en Twitter que la CC “declaró inconstitucional que una mujer violada sea sancionada con cárcel por haber interrumpido su embarazo producto de la violación”.

La jueza Daniela Salazar señaló igualmente que la CC “decidió que es inconstitucional criminalizar y sancionar con privación de libertad a las mujeres que han interrumpido un embarazo producto de una violación”.

Carmen Corral, en su voto salvado, mencionó que la mayoría de la Corte Constitucional está anulando el respeto a la vida desde la concepción, que consta en el artículo 45 de la Constitución de Ecuador. “Claramente el voto de mayoría de la Corte Constitucional, a modo de interpretación, está anulando ese derecho fundamental consagrado para el que está por nacer; estableciendo una modificación al texto constitucional para la cual no se encuentra facultada e invadiendo la esfera de libertad de configuración del Legislador, en cuanto al establecimiento de las figuras penales que merecen un debate y deliberación democrática”.

Según la sentencia de la mayoría de la CC “la presente decisión -para garantizar los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres víctimas de ese delito- tendrá efectos desde su publicación en el Registro Oficial. Por lo que, la falta de regulación no podrá ser pretexto para incumplir esta sentencia ni para sancionar a mujeres o médicos que interrumpan voluntariamente un embarazo producto de una violación sexual”.

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