Imagen referencial. Mujeres embarazadas, en licencia de maternidad o en periodo de lactancia presentaron una acción de protección en la Corte Constitucional. Foto: Pixabay
La Corte Constitucional (CC) emitió una sentencia de revisión de garantías, en relación a los derechos de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia que forman parte del sector público. Los magistrados examinaron la problemática, luego de que madres que están en esa situación presentaran acciones de protección, tras haber sido notificadas con la terminación de su relación laboral.
La CC difundió la sentencia el miércoles 2 de septiembre del 2020, aunque fue expedida a inicios de agosto. Con el voto de la mayoría de la Corte se establecieron parámetros que deben ser observados tanto por entidades públicas, como por operadores jurídicos para garantizar los derechos a cuidar y ser cuidada de las madres lactantes y mujeres embarazadas. Los jueces también especificaron que la acción de protección es la vía adecuada y eficaz para corregir la vulneración del derecho.
La Corte ordenó a la Defensoría del Pueblo que presente, en un plazo de seis meses, un proyecto de reforma legal para incorporar el derecho al cuidado en el ámbito laboral y adecuar el sistema jurídico. La Asamblea deberá legislar, en un plazo de un año contado a partir de la presentación del proyecto, la terminación del derecho al cuidado hasta que concluya el periodo de lactancia; ampliar las fases de lactancia y de cuidado; ampliar y regular el permiso de los hombres para el cuidado; el derecho de madres adoptivas y el periodo de cuidado de licencia.
También dispone que los ministerios de Salud y Trabajo, entre otras instituciones, garanticen ambientes laborales de cuidado, además de acceso y disponibilidad a espacios seguros y adecuados para las trabajadoras lactantes. La CC dio un año de plazo para levantar un diagnóstico situacional y medir el cumplimiento de indicadores. Además, en un plazo de dos años, esas Carteras de Estado deberán implementar la política de protección laboral para mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
De igual forma, se dispone que todas las instituciones públicas donde trabajen mujeres en edad fértil implementen lactarios. Y en donde existan más de veinte personas que ejerzan el cuidado, sean hombres o mujeres, se implementen centros de cuidado infantil, guarderías o se garantice la disponibilidad del servicio de cuidado infantil cercano al lugar de trabajo, en el plazo de un año, a partir de la emisión de la sentencia de la CC.
Asimismo, las Carteras de Salud y trabajo deberán reportar anualmente a la Corte y publicar en sus páginas web un informe de lactarios y cuidado en el trabajo.