Conaie denuncia al Gobierno por suspensión de señal de TV del Movimiento Indígena de Cotopaxi

Arcotel no se ha pronunciado en cuanto a la suspensión de la señal de la TV del MICC ni en sus redes sociales ni en su página web

Daniel Noboa y Lavinia Valbonesi fueron recibidos por autoridades locales tras su llegada al aeropuerto de Cali.

La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) hizo otra denuncia en contra del Gobierno de Daniel Noboa este miércoles 24 de septiembre.

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Suspensión de señal de TV del MICC en medio del paro convocado por la Conaie

La Conaie denunció la tarde de este miércoles 24 de septiembre la “censura y suspensión arbitraria de TV MICC, canal comunitario del Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi (MICC) ordenada por Arcotel y Daniel Noboa”.

Agrega que este es un acto de censura en medio del paro nacional que convocaron, contra un medio que informa y “visibiliza la verdad frente a la represión”.

Además, la Conaie apunta que “la Constitución, el Convenio 169 de la OIT y la ONU reconocen el derecho de los pueblos a tener sus propios medios sin censura. El Gobierno busca silenciar voces y consolidar un patrón de persecución contra el movimiento indígena y social”.

Por ello, llamaron a los organismos nacionales e internacionales a intervenir de inmediato.

Arcotel no se ha pronunciado en cuanto a la suspensión de la señal de la TV del MICC ni en sus redes sociales ni en su página web

Suspensión sería para precautelar la seguridad nacional

El Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi (MICC) denunció “la suspensión arbitraria de la señal de TV MICC, medio comunitario que durante años ha servido como voz de las comunidades indígenas, campesinas y sectores populares de la región”.

Informó que el 23 de septiembre de 2025, mediante el Informe Jurídico IJ-CZO3-2025-0166, Arcotel resolvió suspender las emisiones del canal comunitario TV MICC amparándose en el supuesto de “precautelar el orden público y la seguridad nacional”, dice el MICC.

Esta señal se transmite en Latacunga, Salcedo, Ambato, Cevallos, Quero, Pelileo, Píllaro y Tisaleo.

Agrega que esta decisión, basada en disposiciones del Código Orgánico Administrativo y la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, constituye un acto de censura directa, contrario al derecho constitucional de libertad de expresión, comunicación y resistencia.

Ante esto, el MICC exige:

  1. La inmediata restitución de la señal de TV MICC.
  2. El cese de las prácticas autoritarias y de censura contra los medios comunitarios.
  3. El respeto irrestricto a la libertad de expresión y al derecho de las comunidades a comunicar su realidad sin mordazas.


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