Cambio de domicilio electoral está disponible mientras se espera convocatoria oficial

El cambio de domicilio electoral está disponible de forma presencial o en línea.

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El cambio de domicilio electoral es un trámite disponible en cualquier momento, tanto de manera presencial como en línea. Este procedimiento permite que los ciudadanos actualicen su dirección de residencia y voten en un recinto cercano en futuros procesos electorales.

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La posibilidad de modificar estos datos tomó relevancia desde el 5 de agosto, luego de que el presidente Daniel Noboa anunciara las preguntas de una nueva consulta popular y referéndum, cuya fecha tentativa sería el 14 de diciembre de 2025.

Requisitos para realizar el cambio de domicilio electoral dentro y fuera del país

En el caso de los ciudadanos que residen en Ecuador, se requiere la cédula de identidad o un pasaporte válido, una planilla actual de servicios básicos donde conste la nueva dirección, y no tener multas pendientes por no haber votado en procesos anteriores. Si la persona vive en una zona rural y no dispone de una planilla, puede presentar una declaración juramentada.

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Para quienes viven en el extranjero, se aceptan el pasaporte, la cédula de identidad o el ID consular, sin importar si están vigentes. Además, se debe subir una fotografía tipo autorretrato con el documento en mano, así como una planilla o documento que justifique la dirección.

Si el cambio es hacia la provincia de Galápagos, también se exige el carné de residencia temporal o permanente. El trámite está habilitado en el sitio web del CNE.

Aplicación para la consulta dependerá del calendario oficial

Aunque ya se conocen las preguntas propuestas por el Ejecutivo, aún falta el pronunciamiento de la Corte Constitucional. Solo si la Corte emite un dictamen favorable, el presidente podrá emitir el decreto que convoque oficialmente al proceso.

Una vez cumplido ese paso, el Pleno del CNE aprobará el calendario electoral y el Registro Electoral. Recién entonces se conocerá hasta qué fecha podrán realizarse actualizaciones o cambios de domicilio que se reflejen en el padrón oficial.

Según el artículo 78 del Código de la Democracia, el registro electoral debe estar actualizado y disponible hasta 90 días antes de la convocatoria oficial a elecciones. Además, este listado se elabora con datos del Registro Civil e incluye a ecuatorianos mayores de 16 años, así como a extranjeros residentes que se hayan inscrito voluntariamente.

Las organizaciones políticas tienen derecho a revisar y presentar observaciones al registro una vez que sea entregado por el CNE.

La propuesta del Ejecutivo y los temas que se someterían a consulta

Entre las preguntas planteadas por Daniel Noboa constan reformas sobre el juicio político a jueces de la Corte Constitucional, la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, la reducción del número de asambleístas, la autorización de casinos en hoteles cinco estrellas y la contratación por horas en el sector turístico.

También se propone permitir la instalación de bases militares extranjeras y eliminar el financiamiento público a las organizaciones políticas. El Gobierno ha recibido respaldo de su gabinete ministerial y del presidente de la Asamblea para impulsar este paquete de reformas.