Este jueves 1 de agosto de 2024, Jorge Peñafiel, asambleísta de Construye, informó sobre una nueva propuesta de reforma al artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Esta propuesta de reforma de Construye se enfoca en las sanciones por exceso de velocidad.
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Según Peñafiel, la propuesta busca establecer gradualidad y proporcionalidad en las sanciones. La idea es evitar la prisión como sanción máxima, transformando la norma en una herramienta educativa.
La reforma propuesta incluye cinco etapas de sanción en un período de dos años. La primera etapa es una multa de un salario básico. En caso de reincidencia, la multa aumentará a 1.5 salarios básicos unificados. La tercera etapa consiste en una multa de dos salarios básicos. La sanción máxima, que incluye privación de libertad, sería aplicada solo como última instancia.
Objetivo educativo y evitar abusos en propuesta de Construye
Peñafiel destacó la importancia de que la norma sea educativa y no coercitiva, así buscaría la propuesta de Construye. La propuesta pretende evitar que los malos funcionarios se enriquezcan a costa de la ciudadanía. La reforma busca claridad, objetividad y proporcionalidad en las sanciones. La medida evitaría la discrecionalidad de la autoridad en la imposición de multas.
El enfoque está en educar a la ciudadanía en lugar de sancionarla, sin claridad. La idea es que las sanciones sean entendidas y aceptadas por la comunidad. Esto también evitaría excesos en la administración del tránsito.
Medidas constitucionales
El asambleísta de Construye resaltó el interés de algunos en molestar a la ciudadanía con sanciones innecesarias en el control del exceso de velocidad. La reforma responde al clamor popular para establecer una lógica jurídica coherente con la cultura ecuatoriana. Peñafiel afirmó que la Asamblea Nacional debe presentar las reformas necesarias.
En caso de oposición, se podrían presentar acciones constitucionales. Estas incluirían demandas de inconstitucionalidad o solicitudes de medidas cautelares.
Controles de velocidad se iniciaron el martes 30 de julio en Quito
Los operativos con sanciones a quienes exceden los límites de velocidad empezaron el martes, 30 de julio de 2024, en Quito.
Según la institución, “los dispositivos tienen la única finalidad de disminuir el índice de siniestralidad” en Quito. “Esta es la medida preventiva que he dispuesto para salvar vidas en la vía“, señaló Martínez.
Límites de velocidad para autos livianos en el sector urbano
En el caso de los vehículos livianos, motocicletas y similares, en el sector urbano el límite máximo establecido es de 50 km/h.
Si el conductor excede la velocidad dentro de un rango moderado, que va de 50 a 60 km/h será sancionado con multa equivalente al 30% de un salario básico unificado. Esto representa 138 dólares.
Esta sanción se establece en el artículo 389, literal 6 del Código Orgánico Integral Penal (COIP)
Si el conductor del automotor excede los límites de velocidad fuera del rango moderado, es decir, de 60 km/h será sancionado con pena privativa de libertad de tres días.
Adicionalmente, tendrá que pagar una multa de un salario básico unificado y se le reducirá 10 puntos en su licencia de conducir (Art. 386, inciso 1, literal 3).