
El Concejo Metropolitano de Quito aprobó una ordenanza que prohíbe el uso de armas blancas en la capital ecuatoriana. La disposición tiene como objetivo fortalecer la seguridad y convivencia ciudadana.
Jaime Villacreses, supervisor de la Agencia Metropolitana de Control (AMC), informó el 3 de junio de 2022 que la entidad municipal es la encargada de supervisar el cumplimiento de la ordenanza. Por ello, llevará a cabo los procedimientos administrativos sancionadores por el cometimiento de las infracciones que se encuentran tipificadas en la normativa legal nacional y metropolitana vigente.
Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP) se entiende por arma blanca a los elementos cortantes, punzantes, corto punzantes y corto contundentes, tales como cuchillos, navajas, puñales, entre otros, que pueden ser utilizadas como armas.
El incumplimiento de la prohibición del porte y comercialización de armas blancas en espacios públicos es una infracción leve sancionada con una multa del 50% de un salario básico unificado, lo cual representa el valor de USD 212,50, señaló Villacreses.
En el caso que la infracción se cometa en los espacios destinados a parques, zonas especiales turísticas y transporte público, el monto de la multa será de un salario básico unificado, es decir USD 425.
Las sanciones impuestas podrán ser compensadas. Los infractores tienen la opción de acogerse a trabajo comunitario a razón de USD 10 por cada hora de servicio, en tareas relacionadas con los programas y proyecto del Municipio, en este caso equivaldría a 21 horas de servicio comunitario, aproximadamente.