El Servicio de Rentas Internas (SRI) resolvió mantener la misma tabla para calcular la base sobre la cual se establece el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) de perfumes y aguas de tocador, que se comercializan a través de la venta directa.
En el Registro Oficial 608, publicado el pasado 30 de diciembre, se establece que para los perfumes de hasta USD 3 se debe aumentar el 150% para el cálculo. Para los que van de USD 3,01a USD 6 el incremento es de 200% y para el resto será de 250%.
El artículo 197 de la Ley de Régimen Tributario Interno establece que el SRI deberá presentar, antes del 31 de diciembre de cada año, la base imponible para el cálculo del ICE de esos productos de tocador. La que rige para este año es exactamente la misma que la registrada para el 2011.
“La tabla es la misma desde hace tres años. Nosotros nos reunimos con técnicos del SRI y se estableció no realizar cambios. Tengo que aclarar que no ha habido ningún incremento del ICE para perfumes y aguas de tocador”, señaló María Fernanda León, directora ejecutiva de Procosméticos.
En el país existen cuatro empresas que se dedican a la venta directa de productos de perfumería: Avon, Yanbal, Oriflame y Ésika. Estas, dijo León, se han planteado como objetivo para este año aumentar su comercialización.
Mientras, otras compañías -como los casinos- sí enfrentan un incremento en los valores mínimos mensuales para el pago del ICE. Para los hoteles de lujo, por ejemplo, el mínimo en mesa es de USD 1 952, mientras que en el 2010 fue de USD 1 850. Según Jorge Castro, vicepresidente de la Asociación de Casinos, esta medida no afectará a los usuarios.