La declaración patrimonial, que los contribuyentes entregan anualmente en mayo, se presentará ahora hasta diciembre de este año.
El pasado 6 de mayo de 2022, el Servicio de Rentas Internas (SRI) amplió el plazo para la presentación de la declaración patrimonial de personas naturales. Así también, del anexo de activos y pasivos de sociedades y establecimientos permanentes, correspondientes a este año.
Estas obligaciones tributarias podrán presentarse en diciembre, conforme el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) o cédula de identidad (CI). A continuación, las fechas señaladas en el siguiente calendario:
La ampliación se da por la regularización de activos en el exterior
La ampliación busca compatibilizar los plazos de presentación de esta declaración y anexo con los tiempos para acogerse al nuevo Régimen Impositivo Voluntario, Único y Temporal para Regularización de Activos en el Exterior. Así lo señaló John Arias, experto tributario y socio director de Census Consultores.
Esto fue dispuesto en la Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia covid-19, vigente desde noviembre del año pasado. Es así que, quienes se acojan al régimen, podrán presentar la declaración patrimonial y el anexo antes mencionado, hasta el 31 de diciembre.
También la ley señala que podrán presentar declaraciones patrimoniales sustitutivas de años anteriores. En estas deberán constar los activos, bienes o rentas en el exterior. Esto no implicará que el SRI pueda imponer sanciones por la omisión de incluir dicha información en la declaración patrimonial original.
Arias explicó que en las declaraciones patrimoniales actuales, los contribuyentes deben incluir los activos que tiene en el país y los bienes que tengan en el exterior. “La idea es que se presente una declaración completa con toda esta información”, recalcó.
Si un contribuyente ya presentó la declaración patrimonial y tiene activos en el exterior debe presentar una declaración sustitutiva, para que el SRI pueda validar y conectar ambas informaciones.
El incumplimiento de la declaración patrimonial tiene sanciones
El pago del Impuesto Único y Temporal para la Regularización de Activos en el Exterior tiene una tarifa diferenciada, según la fecha que se lo haga.
“Es recomendable declarar y pagar esta obligación hasta el 30 de junio, con el fin de que los contribuyentes se acojan a la tarifa del 4,5% de este impuesto. De hacerlo en una fecha posterior a la indicada, deberán pagar conforme la tarifa del 5,5%”, comentó Arias.
El incumplimiento de la presentación de la declaración patrimonial tiene sanciones económicas de hasta USD 1 500. En el caso de la omisión de información de activos en el exterior, la norma señala que la multa es del 1% del valor total de los activos.
En este caso hay doble sanción. Una, por no declarar o declarar de manera incompleta y otra, por no reportar a la Administración Tributaria los activos en el exterior, dijo Arias.
El experto recordó que ahora, por los convenios de intercambio internacional de información, el SRI puede conocer de antemano información de los contribuyentes, sobre todo cuando se trate de casos de evasión tributaria. “La transparencia fiscal es algo que se está dando y, ahora, es la oportunidad de regularizar esta información”.
Por eso sugirió que es mejor pagar el tributo de regularización a tener que incurrir en procesos de determinación; es decir, pagar impuestos pendientes por la omisión.