El IESS recibirá como nuevas afiliadas a las trabajadoras no remuneradas del hogar, según lo establece la nueva normativa nacional. Foto: Alfredo Lagla / El Comercio
Desde esta semana, al publicarse la Ley de Justicia Laboral en el Registro Oficial, regirán nuevas reglas a escala nacional para trabajadores públicos y privados.
Estos trabajadores se encuentran entre los 3,2 millones de personas que, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), tienen empleo adecuado en el país. Los cambios están relacionados al tipo de contratación, bonificaciones, estabilidad laboral, utilidades, etc.
Con relación a este último punto se puso un límite de hasta 24 salarios básicos a recibir por trabajador. Lo que sobre será para la seguridad social. Según dijo ayer (18 de abril) el presidente Rafael Correa, en su enlace de radio y televisión, se prevé recaudar en un año USD 130 millones por los excedentes, que permitirán el financiamiento de la afiliación de las amas de casa del país.
Se prevé que 1,2 millones de estas personas sean aseguradas. La base de aportación serán los ingresos de la unidad familiar. Mientras más altos sean, el aporte del Estado será más bajo.
Otra reforma establece el alza anual de pensiones jubilares a través de la cifra de inflación. Ante se aplicaba una tabla de entre 4,3% y 16,16%.
Los contratos a plazo fijo ya no se usarán
Registro. Estos permiten regular una relación laboral por un año, que podía extenderse a un segundo con la posibilidad de volverse indefinida. Ahora, al contratar a una persona, habrá un período de prueba de 90 días (para las trabajadoras domésticas 15) y luego el contrato será indefinido (sin límite). Los contratos a plazo fijo firmados hasta antes de la vigencia de la Ley son válidos.
Límite de distribución de utilidades de empresas
Ganancia. Hasta hoy no había un monto límite de utilidades. Con la nueva norma los trabajadores solo podrán recibir hasta 24 salarios básicos. Si sobra algún valor la empresa deberá entregarlo a la seguridad social. El Ministerio de Trabajo, a través de un acuerdo ministerial, establecerá la forma como se aplicará. El siguiente pago de utilidades bajo esta Ley será en abril del 2016.
El pago mensual de los décimos es voluntario
Beneficio. El decimotercero y decimocuarto sueldos se podrán pagar, tanto a empleadores públicos como privados, de forma mensual. Pero, si los trabajadores quieren que se les pague de forma acumulada (en diciembre y abril/agosto (Costa y Sierra, respectivamente), tendrán que solicitarlo al empleador. Falta una reglamentación para determinar cómo se realizará ese proceso.
Un bono al terminar una obra o servicio
Dinero. Cuando un trabajador contratado por obra o servicios termine la labor que se le encomendó, el empleador deberá pagarle un bono por desahucio. Esto quiere decir el 25% de la última remuneración por los años de servicio (la norma no establece cómo se hará el pago si toma menos de un año hacer la obra o servicio). Para otras obras estos mismos trabajadores deben ser contratados.
Una compensación para aquellos que renuncian
Pago. Hasta hoy, cuando termina la relación laboral por mutuo acuerdo, es decir, cuando una persona “renuncia” solo recibe el proporcional del dinero que le corresponde por vacaciones y por los décimos. Ahora, además de esto, el empleador deberá cancelarle el 25% del valor de la última remuneración por cada año de servicio. El patrono tiene 15 días para el pago de esta cantidad.
La Ley congela jubilación a empleados públicos
Indemnizaciones. La compensación que se pagaba a los servidores públicos por jubilación, compra de renuncias, etc. correspondía a cinco salarios básicos unificados por cada año de servicios, contados a partir del quinto año (hasta 150 sueldos). El valor variaba según aumentaba el básico. Ahora el cálculo se hará tomando en cuenta solo el valor del salario del 2015, es decir, USD 354.
Más estabilidad para las mujeres embarazadas
Despidos. La nueva Ley crea la figura del despido ineficaz. Cuando se separe de la firma de manera intempestiva a embarazadas se puede considerar que la decisión no es efectiva. Lo mismo para dirigentes sindicales. Si un empleado enfrenta esta situación deberá presentar el caso a un juez del trabajo en máximo 30 días. Si se declara la ineficacia volverá al trabajo y será compensado.
La Ley norma la afiliación para las amas de casa
Seguro. La Ley permite la afiliación al IESS a las trabajadoras no remuneradas del hogar. Sin embargo, solo tendrán derecho a la pensión jubilar y no a la atención de salud. Para acceder al beneficio deben aportar 20 años y cumplir 65 de edad. El aporte será financiado por las amas de casa y una parte será subsidiada por el Estado. El porcentaje de aporte lo definirá el Directorio del IESS.