Recargos por pagar con tarjeta de crédito o débito no están autorizados, indica la Defensoría del Pueblo

Pagar con tarjeta de crédito o de débito no deberá generarle ningún recargo, así lo confirmó la Defensoría del Pueblo. Foto: Pixabay

Se ha vuelto común escuchar en diferentes negocios que por pagar con tarjeta de débito o de crédito se aplica un pequeño recargo al valor inicial del producto. Sin embargo, la Defensoría del Pueblo emitió un comunicado este jueves 7 de abril de 2022 donde aseguran que ninguna norma legal autoriza el recargo cuando se paga con tarjeta de crédito o débito.

En una reunión realizada entre Freddy Viejó, delegado provincial del Guayas de la Institución Nacional de Derechos Humanos y los representantes de la Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera, Superintendencia de Bancos, Gobernación y Banco Central resolvieron que los establecimientos comerciales que apliquen una diferencia en sus precios al no pagar en efectivo podrán ser denunciados

Según el comunicado emitido tras la reunión se llegó a los siguientes puntos:

  • No hay ninguna norma legal que autorice el recargo cuando se paga con Tarjeta de Crédito o Débito.
  • Las denuncias por estos hechos se las debe presentar en las instituciones financieras emisoras de la tarjeta o en la Superintendencia de Bancos.
  • En contratos suscritos entre la entidad emisora y el establecimiento comercial consta una cláusula expresa que prohíbe el traslado al usuario final de los valores que debe pagar el establecimiento al emisor.
  • Realizarán campañas a través de los canales comunicacionales institucionales para que se conozca los derechos de la ciudadanía y para que los establecimientos exhiban en un sitio visible la prohibición de recargas adicionales en estos casos.
  • La comisión que debe pagar el establecimiento, no el usuario, es del 4% por tarjeta de crédito y el 2% por tarjeta de débito.
  • Adicionalmente, se realizarán recorridos y controles para verificar que los establecimientos cumplan con la ley y en caso de detectarse infracción que puedan ser materia de acciones penales, se pondrá en conocimiento de la Fiscalía.
  • Estos hechos se pueden denunciar a los jueces de contravenciones por violar el Art. 50 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y sean sancionados conforme a la misma.
  • Se exhortará a las Cámaras empresariales para que hagan conocer a sus agremiados la prohibición de recargo por tarjeta de crédito.
  • Finalmente, se convocará a los Gerentes de las instituciones financieras y Defensores al Cliente, para analizar estrategias y canales que permitan atender los reclamos y proteger a los consumidores.

Según la Defensoría del Pueblo se velará por que los derechos de la ciudadanía sean respetados, al mismo tiempo que se encuentran vigilantes al cumplimiento de la Ley.

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