La demanda de ex trabajadores de Cervecería Nacional, para el pago de USD 90 millones de utilidades atrasadas, reactivó el trámite de otros juicios cuyos demandados creían finiquitados.
Mamut Andino, Agip Oil, Pepsi Cola, Conecel (Claro, antes Porta), Ecapag, Agroindustria Dajahu y El Café son algunas de las empresas denunciadas por supuesto pago irregular de utilidades, falta de aportes patronales o inequitativas liquidaciones.
Ex colaboradores de las últimas cinco firmas mencionadas integraron la Coordinadora de Trabajadores en Conflicto 15 de Noviembre, considerada como una trinchera para defender sus requerimientos.
Este escenario hizo que la discusión laboral tomara un nuevo rumbo, entre la posible imprescriptibilidad (que no prescribe) de los derechos de los trabajadores y la inseguridad jurídica que ahuyenta las inversiones.
La duda principal está en si existe el soporte legal, para retomar casos antiguos de hace dos y hasta 20 años. Iván Villavicencio dice que sí. Carlos Cortaza Vinueza sostiene lo contrario.
Villavicencio defiende a ex trabajadores de Mamut Andino y también fue representante de los demandantes de Cervecería; Cortaza es el abogado exterior de Conecel (Claro).
Una constante en las denuncias es que quienes reclaman haberes fueron, en su momento, tercerizados u ofrecieron un servicio de intermediación laboral, metodología eliminada con el Mandato 8 en marzo del 2008.
No es aceptable que una empresa diga que como la tercerización no era prohibida en ese entonces, estos trabajadores no eran su responsabilidad, expresa Villavicencio. “Nunca estuvo escrito un documento que legalizaba esta mala práctica”, agregó.
Durante el gobierno de Lucio Gutiérrez se intentó regular este sistema, a través de un reglamento, sin existir una ley, dijo.
Aunque Cortaza coincide en que no hubo dicha ley, cree que se está utilizando mal este argumento para aplicar la imprescriptibilidad que, según dijo, significa que “un despedido puede demandar a quien lo despidió cualquier día del resto de su vida”. Y lo peor, a su criterio, es que se pretende aplicarla con retroactividad, cuando en Derecho, ningún delito (en caso de detectarse que fue así) es imprescriptible, salvo los de lesa humanidad. El principio mundial es que la ley se aplica para lo futuro y no para lo anterior, reiteró.
Pero Villavicencio dijo que ese tipo de teorías es común entre las empresas multinacionales cuestionadas. “Estas tienen procesos que no llegan a nada, porque tienen un peso político enorme sobre el Gobierno”, critica.
Una de las firmas extranjeras demandadas es Conecel, proveedora líder en telefonía celular en Ecuador. Quien interpuso la querella fue Duval Díaz, quien trabajó como ‘call center’ entre el 2004 y 2006. La demandada lo niega. “El ‘call center’ era contratado a otra empresa. Conecel ya pagó lo que tenía que pagar y no tiene por qué pagar otra vez y menos a quienes no fueron sus trabajadores”, alegó la empresa.
Díaz demanda el supuesto pago irreal de utilidades entre el año 2003 y 2006, períodos en que precisamente el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió una glosa por USD 127 millones a favor del Estado, tras revisar cifras del Impuesto a la Renta. De ese monto, USD 40 millones servirían para reliquidar utilidades.
Pero Cortaza no ve nada sospechoso en eso. En el período que Conecel tuvo pocas utilidades fue porque estaba amortizando la deuda de la adquisición de tecnología, sostiene. Ahora se espera una sentencia en la Segunda Sala Penal de la Corte Provincial.