La Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador entró en vigencia este 9 de diciembre del 2024, tras su publicación en el Registro Oficial. Esta nueva normativa busca mitigar los efectos de la actual crisis económica y energética, que vive el país.
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Napoleón Santamaría, experto en temas tributarios, analizó la Ley Orgánica para el Alivio Financiero, y destacó cerca de 20 beneficios tributarios de esta nueva normativa. Estas declaraciones las hizo en Radio Democracia.
Beneficios tributarios
- Seguro de desempleo ampliado. Se facilita el acceso inmediato al seguro de desempleo para quienes pierdan su trabajo entre noviembre de 2024 y febrero de 2025, cumpliendo requisitos mínimos de aportes acumulados.
- Medidas temporales en servicios básicos. Empresas proveedoras de servicios de telefonía celular e internet deben ofrecer facilidades de pago en las facturas durante la emergencia energética.
- Congelamiento de cánones de arrendamiento. Suspensión de incrementos automáticos en contratos de arriendo durante el estado de emergencia eléctrica.
- Diferimiento de deudas. Todo el sistema bancario y de cooperativas podrá establecer programas de diferimiento extraordinario y temporal de las obligaciones financieras. La instrumentación del programa de diferimiento no causará intereses moratorios, gastos, recargos y multas.
- Crédito tributario por el pago puntual al IESS. Los empleadores tendrán un crédito tributario de impuesto a la renta, por las obligaciones patronales pagadas a tiempo en los meses de octubre noviembre y diciembre de 2024.
Deudas tributarias
- Plan de hasta 12 meses para pagar deudas tributarias. Las personas que deban valores por impuestos como IVA, ISD, etc. hasta octubre del 2024, podrán acogerse a un plan de hasta 12 meses para ponerse al día con la administración tributaria.
- Extinción de deudas tributarias. Todas las deudas con el Servicio de Rentas Internas (SRI) de hasta un salario mínimo (460 dólares en 2024) quedan extinguidas en el SRI. En los Municipios queda facultativo para que lo hagan si desean.
- Reestructuración de créditos hipotecarios. El BIESS refinanciará o reestructurará, por una ocasión adicional, a las operaciones de crédito hipotecario reestructuradas o refinanciadas. Deben estar vigentes hasta el 30 de septiembre de 2024, al otorgar un período de gracia de hasta 90 días plazo. No se cobrará interés moratorio de ese período ni gastos de cobranza, costos legales ni tarifas.
- El incumplimiento de las obligaciones por concepto de aportes de los meses de noviembre y diciembre de 2024 no generará responsabilidad patronal con el IESS. Pero siempre que sean canceladas hasta en 90 días de estar en mora y que se solicite por parte del empleador.
- Amnistías. Amnistía tributaria de intereses, moras y multas en Gad, Municipios y empresas públicas. Además, para el Biess, banca pública, y Contraloría, dentro de responsabilidades administrativas. Y amnistía para la ANT y créditos educativos.
- Suspensión de procedimientos coactivos. Se congelan temporalmente las acciones de cobro relacionadas con deudas al IESS para empleadores y ciudadanos.
- Reclamo del cobro de las planillas de energía eléctrica. Los ciudadanos que crean que las facturas de electricidad sean exageradas pueden hacer reclamos a las empresas eléctricas, las mismas no podrán cortar el servicio por estar en mora.
Otras medidas de alivio financiero
- Fondo de reserva como herramienta de pago. Se permite que los trabajadores utilicen sus fondos de reserva para cubrir obligaciones pendientes con el IESS.
- Apoyo a jóvenes y emprendedores. Incentivos económicos y programas de capacitación laboral para jóvenes, promoviendo la inclusión y el acceso al mercado laboral.
El proyecto de ley fue propuesto por el presidente Daniel Noboa y está vigente desde este 9 de diciembre de 2024.