Trafigura Beheer dejó de ser proveedor incumplido del Estado y deberá recibir USD 6 millones de la Flota Petrolera Ecuatoriana (Flopec).
Ello, como consecuencia de una sentencia de la Primera Sala de lo Civil de la Corte de Justicia de Pichincha en favor de la transnacional holandesa suscrita el pasado 27 de julio.
El dictamen —firmado por los jueces Alberto Palacios, Beatriz Suárez, y Juan Toscano— aceptó los argumentos de Trafigura que impugnaban la terminación unilateral de un contrato, determinado por Flopec, de mayo pasado.
En el 2009, Flopec firmó un contrato con Trafigura para la importación de 1,3 millones de toneladas métricas de gas para abastecer el consumo del país hasta abril del 2011, con la posibilidad de ampliar el volumen en un 20% si así lo decidía la empresa de la Armada. El costo del combustible resultaba de la suma del precio internacional de la tonelada de gas (que en el 2009 promedió USD 650) más un diferencial de USD 73 por los costos de flete.
El contrato no presentó novedades hasta enero del 2011, cuando Flopec pidió a Trafigura 260 000 toneladas más de gas o el 20% adicional del contrato. Ante el pedido, Trafigura respondió que los precios en el mercado mundial habían aumentado y que no podía sostener las condiciones originales. Para este año, el precio de la tonelada de gas a nivel internacional bordea los USD 800 y los diferenciales aplicados al producto superan los USD 200.
Flopec rechazó esta argumentación y notificó en mayo pasado a Trafigura del incumplimiento. La firma holandesa impugnó esta notificación ante el Tribunal de lo Contencioso de Quito. Después Flopec terminó el contrato.
Ello implicó además el cobro de una garantía de USD 6 millones de Trafigura en favor de Flopec y la declaratoria de proveedor incumplido del Estado en el Instituto de Compras Públicas. Lo cual significó que no podría participar en licitaciones durante dos años.
Sin embargo, los abogados de Trafigura argumentaron que la terminación del contrato violó el debido proceso ya que la firma holandesa impugnó previamente la notificación del incumplimiento que le llegó de Flopec en el Tribunal de lo Contencioso.
Según Trafigura, Flopec debía esperar a que se pronunciara esa instancia antes de terminar el contrato. La sentencia de la Corte de Pichincha se dio luego que el juzgado sexto de Tránsito de Pichincha desechara en primera instancia la misma acción.
En respuesta, Flopec presentó una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional para que se anule la sentencia de la Corte de Pichincha. También presentó una denuncia disciplinaria ante el Consejo de la Judicatura contra los jueces de la Primera Sala de lo Civil que fallaron en favor de Trafigura.
La cronología de los principales hechos de la controversia entre ambas firmas
16 de julio del 2009
Flopec firma con Trafigura un contrato para la entrega de 1,3 millones de toneladas de GLP para abastecer del producto al país hasta abril del 2011, con la posibilidad de aumentar el volumen en el 20%.
Nov. del 2009
El gerente de Petrocomercial, Carlos Rivera, firma un contrato con Flopec para la provisión de GLP. La firma naval se comprometió a trabajar en un proyecto de almacenamiento de gas en tierra.
Sept. del 2010
Trafigura indica a Flopec del incremento al precio internacional del GLP alterándolas condiciones del contratoinicialmente suscrito. La transnacional una renegociación del acuerdo con Flopec para entregar el volumen pactado.
Febrero del 2011
Flopec comunica a Trafigura que debe entregar el 20% adicional al volumen pactado en el contrato. Trafigura comunica que no puede entregar el gas adicional por los altos precios del producto.
Marzo del 2011
Flopec llama a dos licitaciones de GLP. Pero ambas son fallidas. Petroecuador asume el problema y licita dos cargamentos que adjudica a las estatales Ancap de Uruguay y Pemex de México.
Mayo del 2011
Flopec comunica del incumplimiento del contrato a Trafigura por no entregar el volumen de GLP adicional. La empresa lo impugna ante el Contencioso. Flopec da por terminado el contrato y Trafigura presenta una acción de protección.