Corte Constitucional anula dos leyes y el SRI aclara qué pasa con los beneficios tributarios

La Corte Constitucional anuló dos leyes que otorgaban beneficios tributarios. El SRI informó que quedan sin efecto la remisión tributaria.

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El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que, en cumplimiento de las recientes sentencias de la Corte Constitucional, quedaron sin efecto varios beneficios tributarios establecidos en dos leyes declaradas inconstitucionales, informó la institución este 29 de septiembre de 2025.

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Las dos normas anuladas por el órgano constitucional llevaban el nombre de Ley Orgánica de Solidaridad Nacional y Ley Orgánica de Integridad Pública.

Remisión tributaria establecida en la ley

La Sentencia No. 52-25-IN/25 declaró inconstitucional la Ley Orgánica de Integridad Pública, junto con su reglamento y normas conexas. Con esta decisión, se elimina el régimen de remisión tributaria que aplicaba a pagos efectuados hasta el 31 de diciembre de 2025.

Sin embargo, el SRI aclaró que los pagos realizados entre el 26 de julio de 2025 y el día anterior a la publicación de la sentencia en el Registro Oficial mantendrán el beneficio. En esos casos, la remisión continuará aplicándose directamente sobre el capital.

Eliminación de beneficios por donaciones

La Sentencia No. 51-25-IN/25 anuló la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional. Como consecuencia, quedó sin efecto, con carácter retroactivo, el beneficio que permitía aplicar hasta un 30% de rebaja en el Impuesto a la Renta causado por concepto de donaciones dirigidas a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

Esta medida afecta tanto a contribuyentes individuales como a empresas que habían realizado aportes bajo esa disposición. El SRI recordó que la decisión de la Corte Constitucional tiene plena vigencia y que, en adelante, no se reconocerán esas rebajas tributarias.

Seguridad jurídica y obligaciones tributarias

El SRI señaló que acata lo resuelto por la Corte Constitucional y exhortó a los contribuyentes a informarse sobre los cambios normativos para evitar confusiones en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.


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