
Las reglas sobre crédito, deudas, historial y bancos cambiaron en Ecuador. La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (JPRFM) actualizó el 20 de agosto de 2026 la normativa del sistema de registros de datos crediticios y redujo de seis a cuatro años el período máximo de conservación de la información de riesgo crediticio.
Pero hay una precisión clave: una deuda impaga no desaparece después de cuatro años. Ese período se cuenta desde la última fecha de vigencia de la operación, es decir, cuando el crédito fue legalmente extinguido. La reforma también reduce de tres a dos años las operaciones que pueden constar en determinados reportes crediticios.
La reducción del período puede favorecer a quienes tuvieron dificultades financieras, solucionaron sus obligaciones y posteriormente mantuvieron un buen comportamiento de pago. Sin embargo, no constituye un “borrón y cuenta nueva”.
Juan David Espinosa, de la Business School de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), explica que el cambio modifica el horizonte temporal de la información utilizada dentro del sistema de referencias crediticias.
A su criterio, la medida puede beneficiar especialmente a quienes cayeron en mora por una situación puntual, como desempleo, enfermedad o dificultades económicas, pero después regularizaron sus obligaciones.
Espinosa recuerda que durante la pandemia numerosas personas atravesaron problemas financieros. Por ello, considera que reducir el peso de esos antecedentes puede facilitar una segunda oportunidad y la reinserción financiera.
Esperar cuatro años no es una estrategia para enfrentar una deuda. Patricio Herrera, abogado especializado en cobranzas y recuperación de cartera, explica que el período de conservación de la información crediticia y la existencia de una obligación son asuntos distintos.
Según Herrera, una persona que enfrenta dificultades para pagar debería comunicarse con su acreedor antes de acumular varios vencimientos y analizar las alternativas disponibles para regularizar la obligación.
Entre las posibilidades pueden existir acuerdos de pago, refinanciamientos o reestructuraciones, según las condiciones de cada entidad y la situación del deudor.
Herrera recomienda, además, que cualquier negociación quede documentada y que el usuario conserve comprobantes de pagos y acuerdos alcanzados. Una vez cumplida la obligación, también debería verificar que la información registrada refleje correctamente su situación.
El especialista advierte que ignorar una obligación o esperar únicamente el paso del tiempo puede agravar el problema. Por eso, recomienda conocer cuánto se debe, quién es el acreedor y qué alternativas existen antes de asumir nuevos compromisos financieros.
Este es uno de los puntos que puede generar mayor confusión. La reforma establece que la información de riesgo crediticio no tendrá una antigüedad superior a cuatro años contados desde la última fecha de vigencia de la operación, cuando esta haya sido legalmente extinguida.
Por eso, una persona no puede dejar de pagar hoy y asumir que cuatro años después la deuda simplemente desaparecerá del sistema.
Según publicó EL COMERCIO el 21 de agosto de 2026, las deudas permanecerán menos tiempo en el buró de crédito con la nueva regulación. La publicación detalló que el plazo baja de seis a cuatro años y que una deuda impaga no desaparece por el simple transcurso de ese período.
No necesariamente. Tener un antecedente negativo durante menos tiempo no garantiza que un banco o cooperativa apruebe automáticamente un nuevo crédito.
Espinosa explica que las instituciones continuarán analizando ingresos, estabilidad laboral, nivel de endeudamiento, capacidad de pago, garantías y comportamiento financiero reciente.
“Menos años en el historial negativo no significa automáticamente más crédito”, sostiene. Para los bancos también existe un desafío. Una menor profundidad histórica implica disponer de menos información para diferenciar a una persona que enfrentó un problema excepcional de otra con incumplimientos recurrentes.
Espinosa considera que las instituciones probablemente reforzarán sus modelos de credit scoring, así como el análisis de capacidad de pago, endeudamiento e información financiera reciente.
La reforma puede disminuir el peso de problemas financieros antiguos, pero construir un mejor perfil crediticio también dependerá del comportamiento posterior del usuario.
Herrera sostiene que atender las obligaciones a tiempo, negociar cuando aparecen dificultades y conservar los documentos que demuestren su cumplimiento son acciones fundamentales para evitar problemas posteriores.
Espinosa señala que la reducción de seis a cuatro años puede favorecer la inclusión financiera y ofrecer una segunda oportunidad a buenos pagadores. El desafío, agrega, será conseguir ese objetivo sin deteriorar la capacidad de las instituciones financieras para evaluar el riesgo antes de conceder nuevos préstamos.
El período máximo de conservación de la información de riesgo crediticio se redujo de seis a cuatro años.
La reforma fue aprobada por la JPRFM el 20 de agosto de 2026. Además, determinadas operaciones que pueden constar en los reportes crediticios pasan de un período de tres a dos años.
No. El cambio en el historial crediticio no elimina una deuda pendiente.
Los cuatro años se cuentan desde la última fecha de vigencia de la operación, cuando el crédito haya sido legalmente extinguido. Por eso, dejar de pagar y esperar cuatro años no provoca que la obligación desaparezca automáticamente.
Contactar al acreedor y buscar alternativas antes de acumular más vencimientos.
Entre las opciones pueden existir acuerdos de pago, refinanciamientos o reestructuraciones, dependiendo de cada entidad y del caso. También es recomendable conservar comprobantes y documentos de cualquier negociación o pago realizado.
No necesariamente.
Aunque los antecedentes crediticios permanecerán menos tiempo, bancos y cooperativas pueden continuar evaluando ingresos, estabilidad laboral, capacidad de pago, endeudamiento, garantías y comportamiento financiero reciente antes de aprobar un crédito.
Puede favorecer especialmente a personas que tuvieron problemas financieros, solucionaron sus obligaciones y posteriormente mantuvieron un buen comportamiento de pago.
Según Juan David Espinosa, la reducción puede contribuir a una segunda oportunidad y a la reinserción financiera. Sin embargo, esa posibilidad también dependerá del comportamiento posterior del usuario y de los criterios de riesgo aplicados por cada institución financiera.