
El impuesto predial es un tributo anual que deben cancelar los propietarios o copropietarios de bienes inmuebles, como casas, departamentos, terrenos y locales comerciales, ubicados dentro de la jurisdicción de cada municipio. En Quito, este pago corresponde al Municipio del Distrito Metropolitano y financia parte de los servicios y obras públicas de la ciudad.
Aunque el impuesto puede pagarse durante todo el año, el calendario tributario establece incentivos para quienes cumplen con la obligación en el primer semestre. Desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2026, los contribuyentesque no hayan cancelado este rubro asumirán un recargo del 10% sobre el valor del impuesto.
El cobro del impuesto predial en Quito comenzó el 1 de enero de 2026. Entre enero y junio, los propietarios pudieron acceder a descuentos progresivos por pronto pago, los cuales disminuyeron cada 15 días conforme avanzó el semestre. El esquema de descuentos fue el siguiente:
Una vez concluido ese período, la normativa establece un recargo del 10% para los pagos realizados desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre. Posteriormente, también pueden generarse intereses por mora conforme a la legislación vigente.
En Quito, deben pagar el impuesto predial todos los propietarios o copropietarios de inmuebles urbanos y rurales registrados dentro del Distrito Metropolitano. La obligación recae sobre el titular del bien registrado en el catastro municipal. El valor del impuesto se determina con base en el avalúo catastral del inmueble y la banda impositiva establecida mediante ordenanza para cada bienio, conforme a lo previsto en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad).
La legislación mantiene exoneraciones o rebajas para determinados grupos prioritarios. Entre ellos se encuentran las personas adultas mayores de 65 años, quienes cumplen con requisitos establecidos sobre ingresos y patrimonio. También existen beneficios para personas con discapacidad y, en determinados casos previstos por la normativa, para sus cuidadores.
En cuanto a los jubilados, el Municipio de Quito señala que pueden acceder a la exención de la Tasa de Seguridad Ciudadana; sin embargo, esto no implica una exoneración total del impuesto predial.
Los contribuyentes pueden conocer el valor exacto de su obligación mediante el portal oficial de consultas del Municipio de Quito, ingresando el número de predio, la orden de pago o los nombres y apellidos del propietario. El pago puede realizarse completamente en línea mediante tarjeta de crédito o débito, además de la banca virtual de varias entidades financieras. También continúa disponible la atención presencial en los balcones de servicios municipales y en bancos y cooperativas autorizados a nivel nacional.
De acuerdo con la Dirección Metropolitana Tributaria, el objetivo de los descuentos por pronto pago es incentivar el cumplimiento oportuno de esta obligación anual. Por otro lado, el recargo vigente desde julio busca reducir la morosidad tributaria.
Todos los propietarios o copropietarios de bienes inmuebles ubicados en el Distrito Metropolitano de Quito.
La obligación aplica a casas, departamentos, terrenos y locales comerciales registrados en el catastro municipal. El valor se calcula con base en el avalúo catastral del inmueble y las tarifas establecidas por ordenanza.
Se aplica un recargo del 10 % sobre el valor del impuesto.
Desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2026, quienes no hayan cancelado el impuesto deben asumir este recargo. Si el pago continúa pendiente, posteriormente también pueden generarse intereses por mora conforme a la normativa vigente.
Sí. Hay descuentos por pronto pago y beneficios para grupos prioritarios.
Entre enero y junio se aplican descuentos progresivos por pronto pago. Además, la normativa contempla exoneraciones o rebajas para adultos mayores que cumplan los requisitos, personas con discapacidad y, en ciertos casos, sus cuidadores. Los jubilados también pueden acceder a la exención de la Tasa de Seguridad Ciudadana, aunque no del impuesto predial en su totalidad.
A través del portal del Municipio de Quito o en entidades autorizadas.
Los contribuyentes pueden consultar el valor ingresando el número de predio, la orden de pago o los datos del propietario. El pago puede realizarse en línea con tarjeta de crédito o débito, mediante banca virtual o de forma presencial en balcones de servicios municipales, bancos y cooperativas autorizadas.
Financia servicios y obras públicas del Distrito Metropolitano de Quito.
Los recursos recaudados mediante este tributo contribuyen al financiamiento de infraestructura, mantenimiento de espacios públicos y otros servicios municipales destinados a la ciudadanía.