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El escrutinio consular para el ingreso a territorio estadounidense sumó una nueva disposición de acceso digital obligatorio. Quienes deban presentar sus perfiles en redes sociales para solicitar visa bajo determinadas categorías no inmigrantes tendrán que mantener todas sus plataformas digitales configuradas como públicas o abiertas desde este 1 de octubre de 2026, con el fin de permitir la inspección exhaustiva de sus publicaciones antes de acudir a la entrevista oficial.
La nueva instrucción alcanza de manera directa a los solicitantes de tres tipos específicos de visado: la categoría I, correspondiente a representantes de medios de comunicación extranjeros y periodistas; la visa TN, dirigida a profesionales calificados de México y Canadá bajo el tratado comercial T-MEC; y la visa TD, asignada a los cónyuges e hijos dependientes de dichos profesionales.
En estos casos específicos, la medida exige levantar candados de privacidad en plataformas como Facebook, Instagram, X, TikTok, LinkedIn y YouTube.
Las autoridades del Departamento de Estado señalaron que la apertura de perfiles en redes sociales para solicitar visa permite determinar si los postulantes cumplen las condiciones de admisión o si representan un riesgo potencial para la seguridad pública o nacional.
La evaluación abarcará la actividad en línea, el historial de publicaciones y bases de datos complementarias para constatar que el motivo del viaje guarde coherencia con la actividad laboral o profesional autorizada en el país.
La verificación en plataformas digitales comenzó formalmente en 2019 con la obligación de declarar los usuarios utilizados en los últimos cinco años dentro del formulario DS-160.
Durante 2025 y 2026, el control de redes sociales para solicitar visa se extendió de manera progresiva hacia estudiantes e intercambistas de los programas F, M y J, trabajadores temporales de los visados H-1B y H-4, además de una docena de categorías adicionales que incluyen a prometidos de ciudadanos estadounidenses, visitantes religiosos y víctimas de delitos amparadas en visados humanitarios.
El requerimiento obligatorio en redes sociales para solicitar visa no constituye una orden universal para todos los viajeros ni afecta a los poseedores de visas vigentes de turismo B1 y B2, residentes permanentes o ciudadanos estadounidenses.
La disposición rige exclusivamente para nuevos trámites en las categorías I, TN y TD, manteniéndose invariable la advertencia de que omitir perfiles o identificadores digitales en los formularios oficiales puede considerarse falsedad y acarrear la negación inmediata del documento de viaje.
La inclusión obligatoria de corresponsales extranjeros provocó observaciones por parte de organizaciones como el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ), entidad que alertó sobre el riesgo de que la revisión de publicaciones termine funcionando como un filtro de censura ideológica contra reporteros cuyas opiniones diverjan de las políticas gubernamentales, cambiando la práctica tradicional con la que la prensa foránea desempeñaba su labor informativa en territorio estadounidense.
❓ ¿A qué visas aplica el requisito de redes sociales para solicitar visa desde octubre?
A las categorías I (periodistas), TN (profesionales de México y Canadá) y TD (cónyuges e hijos dependientes).
La instrucción entra en vigor a partir del 1 de octubre de 2026 para nuevos solicitantes que deban acudir a su entrevista consular.
❓ ¿Qué plataformas digitales revisarán los oficiales consulares estadounidenses?
Todas las cuentas activas del postulante, tales como Facebook, Instagram, X, TikTok, LinkedIn y YouTube.
Los usuarios deben configurar sus perfiles como públicos o abiertos para permitir la inspección de su contenido y actividad en línea.
❓ ¿Esta medida afecta a las personas con visa de turismo o con documento vigente?
No aplica para visas de turista (B1/B2), residentes permanentes ni visas que ya se encuentren vigentes.
El requisito rige únicamente para nuevos trámites en las categorías laborales y periodísticas anunciadas formalmente por el Departamento de Estado.
❓ ¿Qué consecuencia tiene omitir un perfil de red social en el formulario de visa?
Puede ser catalogado como tergiversación de información y provocar la negación del visado.
Las normativas consulares obligan a declarar todos los nombres de usuario e identificadores digitales utilizados en los últimos cinco años en el formulario DS-160.
❓ ¿Qué cuestionamientos formuló el gremio de prensa internacional ante la medida?
Advertencias sobre posibles marcos de censura y filtros contra periodistas con posturas críticas.
El Comité para la Protección de Periodistas (CPJ) señaló que el escrutinio de opiniones en línea pone en riesgo la libertad con la que la prensa extranjera ha informado desde territorio estadounidense.