La Haya, DPA
La Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya, resolvió hoy por unanimidad que Costa Rica tiene derecho a la libre navegación en el río San Juan, fronterizo con Nicaragua, para propósitos relacionados con el comercio, el transporte de pasajeros y de turistas.
La CIJ establece a su vez que Nicaragua tiene el derecho de pedir a los viajeros que se identifiquen y de establecer horarios y emitir certificados de autorización para que los barcos costarricenses zarpen, pero no de cobrar por ellos.
Tampoco podrá exigir visados a las personas que viajen en el marco de derecho de libre navegación de Costa Rica, medida que considera una contravención del Tratado de Límites Cañas-Jerez, de 1858, entre ambos países centroamericanos.
Además, por mayoría establece que la pesca de subsistencia de los pobladores de la parte costarricense es un derecho consuetudinario que Nicaragua debe respetar, al igual que todo el transporte relacionado con las necesidades básicas. En cambio, la corte niega a Costa Rica el derecho de navegar con barcos policiales o de usar los buques para el recambio de personal de policía o de equipo en los puestos a lo largo del margen derecho del río.
Este hecho fue una de las causas de la disputa entre ambas naciones desde 1998, cuando el entonces presidente nicaragüense, Arnoldo Alemán, prohibió la circulación de buques con personal armado costarricense. No obstante, la sentencia indica que hay excepciones “en situaciones específicas”, como por ejemplo la provisión de servicios especiales a los ciudadanos. Costa Rica denunció en 2005 a Nicaragua ante la CIJ.
Además de la cuestión policial ambos países diferían en su forma de entender el intercambio comercial. Los dos países se enfrentaban por el significado de la frase “libre navegación (…) con objetos de comercio”, que señala el tratado de 1858, que San José consideraba como “con fines de”, y Managua limitaba en cambio a objetos como “bienes”.
La CIJ afirma que esta última interpretación no se sostiene y que pervierte el significado de toda la frase. Pese a que la corte dio la razón a Costa Rica en siete de los nueve puntos en cuestión, ambos gobiernos se dieron por satisfechos en principio. El vicecanciller de Costa Rica y agente de este país ante la CIJ, Edgar Ugalde, dijo que contribuirá a “mejorar” las relaciones.
Nicaragua en cambio consideró positivo que la corte reconozca su soberanía sobre el río y que precisamente le haya dado la razón en la cuestión de la navegación policial. Sin embargo, se reservó el derecho de recurrir de nuevo al tribunal en el futuro. Para el Ministerio de Relaciones Exteriores de San José, el dictamen fue “histórico”.
“Para la Cancillería se trata de una sentencia histórica, que se agrega y actualiza el Tratado de Límites entre Costa Rica y Nicaragua, del 15 de abril de 1858, conocido como el Tratado de Límites Cañas-Jerez, el Laudo Cleveland, de 1888, y la sentencia de la Corte Centroamericana de Justicia, de 1916”, señaló la nota oficial.