Alexis Ponce promueve la despenalizacion del cannabis para uso medicinal, terapeutico y paliativo. Foto: Patricio Terán / EL COMERCIO
El martes 17 de septiembre del 2019, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el uso del cannabis medicinal, entre otros puntos del proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que aún esperan el veto o el ejecútese del presidente Lenín Moreno. Desde el lunes 23, este Diario hizo un sondeo entre sus lectores. Participaron 5 487, en total, hasta las 14:00 de este jueves 26 de septiembre.
¿Ha utilizado cannabis con fines terapéuticos? Eso preguntó EL COMERCIO. El 16% de quienes respondieron dijo que sí; esto quiere decir, 919 personas. La gran mayoría, el 84%, contestó que no (se trata de 4 568 personas).
La Agrupación de familias y pacientes con enfermedades catastróficas y oncológicas, liderada por Alexis Ponce, está a la expectativa.
Todo empezó en el 2015, tras una publicación que el activista y defensor de derechos humanos hiciera en redes sociales, solicitando hojas de marihuana, ya que no conocía mucho del tema, pero buscaba alternativas al dolor intenso de Nelly Valbuena, su esposa.
Ahora, al menos 250 familias con quienes están en contacto las utilizan para combatir el insomnio, fibromialgia, artritis reumatoidea, parkinson, autismo, epilepsia refractaria, artrosis más dolores crónicos.
Ponce y los pacientes buscan una cita con el Ministro de Agricultura. Les interesa conocer cómo se regulará la siembra, cultivo, coseche y procese, distribuya y comercialice el cáñamo, con fines medicinales.
En Ecuador hasta ahora, los productos, entre otros aceites, a base de cannabis, con fines terapéuticos, se adquieren de forma encubierta. La agrupación busca que el Gobierno legalice la utilización de estos productos y además garantice buenos precios, para evitar tener que importar.
Ponce aseguró que entiende que hay una industria del cáñamo, con estos propósitos, pero quiere que el Estado, las universidades y ellos trabajen juntos, para asegurar un producto de calidad y que no sea costoso.
En el Código Orgánico Integral Penal se logró destrabar este punto, solicitado por familias de usuarios. En el Código Orgánico de la Salud se habla de esto, pero el tema no avanzó.
En las reformas al artículo 220 del COIP sobre tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización se legalizó la tenencia o posesión de fármacos, con el principio activo del cannabis, si se usan con fines medicinales. Pero la persona debe demostrar el padecimiento de una enfermedad crónica, con diagnóstico médico.