La segunda veda del cangrejo en Ecuador se inicia en esta fecha

Las autoridades ejecutarán operativos, revisarán inventarios y aplicarán sanciones para garantizar el cumplimiento de esta disposición.

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El cangrejo rojo tendrá una veda de muda en Ecuador desde las 00:00 del sábado 15 de agosto hasta las 00:00 del 15 de septiembre de 2026. La medida busca proteger a la especie durante una etapa sensible de su ciclo biológico y contribuir a la sostenibilidad de sus poblaciones.

El Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo estableció la disposición a través del Viceministerio de Acuacultura y Pesca y la Subsecretaría de Recursos Pesqueros. La medida rige en todo el país y obliga a todos los actores relacionados con esta pesquería.

Estas actividades quedan prohibidas durante la veda

Durante el periodo establecido, las personas y empresas no podrán recolectar, capturar, transportar, poseer, procesar ni comercializar cangrejo rojo, tanto dentro como fuera del país.

El Ministerio tomó la decisión con base en criterios de sostenibilidad y precaución para el manejo de los recursos hidrobiológicos. También consideró la información técnica y científica del Instituto Público de Investigación de Acuacultura y Pesca (IPIAP).

Esta entidad remitió un informe técnico sobre las vedas y las medidas de ordenamiento para los recursos pesqueros y bioacuáticos. Con esos elementos, la autoridad busca proteger las poblaciones de cangrejo rojo durante la muda o ecdisis.

La disposición pretende que el aprovechamiento de esta especie se realice de forma adecuada y racional. El objetivo también consiste en mantener la sostenibilidad de este recurso y favorecer su manejo responsable.

La medida no incluye al cangrejo azul. El Acuerdo Ministerial Nro. MDEP-SRP-2026-0004-A señala que la veda no se aplicará a esta especie mientras las autoridades no cuenten con información suficiente sobre la temporalidad, duración y variabilidad espacial de su proceso de muda.

¿Qué ocurrirá con el cangrejo rojo procesado antes de la veda?

Las empresas procesadoras y comercializadoras autorizadas que tengan cangrejo rojo procesado antes del inicio de la veda deberán declarar sus inventarios ante la Dirección de Control Pesquero hasta el 15 de agosto de 2026.

Los productos que las empresas hayan procesado antes de la entrada en vigencia de la medida podrán comercializarse durante un máximo de cinco días. Las empresas deberán cumplir las condiciones establecidas en el Acuerdo Ministerial.

Durante ese periodo, las autoridades realizarán inspecciones para comprobar que los inventarios declarados coincidan con las existencias. Una vez terminado el plazo autorizado, esos productos ya no podrán comercializarse mientras continúe la veda.

El control también incluirá operativos focalizados en las zonas de captura y recolección. Las autoridades recibirán denuncias relacionadas con posibles incumplimientos y realizarán inventarios de existencias cuando corresponda.

Además, el Ministerio contempla acciones de vigilancia comunitaria en las zonas de custodia y uso sostenible del manglar. Las autoridades también desarrollarán actividades de sensibilización y aplicarán las sanciones previstas en la normativa cuando detecten incumplimientos.

Con esta disposición, el Gobierno Nacional busca fortalecer el ordenamiento de la pesquería del cangrejo rojo a partir de evidencia científica. La medida apunta a proteger el recurso y garantizar un aprovechamiento responsable en beneficio de las comunidades y familias que dependen de esta actividad.


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