El exbanquero Fernando Aspiazu murió este 30 de noviembre de 2024 en Guayaquil. Aspiazu, quien nació el 10 de enero de 1935 en Quito, fue dueño del desaparecido Banco del Progreso, que quebró y las autoridades resolvieron su liquidación.
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Además de banquero, fue propietario del canal de televisión desaparecido Sí TV, ejerció cargos públicos y se relacionó con la actividad futbolística como dirigente en Emelec.
En lo público, Aspiazu fue ministro de Finanzas entre 1979 y 1980 en la Presidencia del también fallecido Jaime Roldós, mientras que unas décadas atrás ejerció como subsecretario de Educación.
Su etapa de banquero fue la más convulsiva
Sin embargo, su etapa de banquero fue la más convulsiva de su vida empresarial. Su banco cayó con la crisis financiera y bancaria de 1999 y durante ese proceso un juzgado lo declaró insolvente.
El Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Guayaquil dispuso el estado de insolvencia de Aspiazu Seminario. La insolvencia fue por no cumplir con el pago de USD 888,6 millones que adeudaba a la fecha en que fue requerido.
Durante la crisis financiera, cuyos efectos lo vivieron miles de los ecuatorianos, el Estado realizó un salvataje financiero por alrededor de USD 2 000 millones. Ese dinero luego se quedó sin poder cobrar porque los bancos empezaron a quebrar.
Fernando Aspiazu estuvo en prisión en la crisis bancaria
Aspiazu cumplió una pena de cárcel de 7 años y 5 meses por el delito de peculado. Se le aplicó la pena mayor que era de 9 años y se benefició con las rebajas que establecían las leyes.
Cuando salió en libertad, en diciembre del 2006, su abogado Francisco Ycaza Navas explicó que se presentaron 200 denuncias en su contra. De esas, se desecharon 185. De las 15 restantes se acumularon 10 que se encontraban ya ejecutoriadas.
En junio del 2009, la Unidad de Gestión y Ejecución de Derecho Público presentó una demanda contra Aspiazu para que pagara USD 888,6 millones. Pero como no lo hizo, se lo declaró insolvente en 2012.
Los últimos escritos del proceso, hasta el 2017, señalan que “queda en interdicción”, es decir, que un síndico de quiebras se haría cargo de sus bienes.