La niña de 8 años, Dana Ramos desapareció el 1 de febrero de 2024, tras salir a una tienda en el barrio El Porvenir, en Riobamba.
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Un Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo dictó sentencia contra los tres involucrados en el asesinato de la pequeña Dana Ramos, una niña de ocho años que desapareció el 1 de febrero de 2024.
Ese día, testigos vieron por última vez a Dana, luego que saliera a comprar a una tienda en su barrio El Porvenir, en Riobamba, provincia de Chimborazo.
Al poco tiempo que desapareció, los padres de Dana recibieron mensajes y correos electrónicos, en los que “desconocidos” exigían el pago de 25,000 dólares para liberarla.
15 días después, el 16 de febrero, la Policía encontró a la menor de edad sin vida en el fondo de una cisterna en la casa de sus abuelos.
La autopsia médico-legal concluyó que la niña fue asesinada por asfixia, sofocación y obstrucción de las vías respiratorias.
Su propia familia planificó el secuestro
Las investigaciones de Fiscalía permitieron identificar indicios claves que vincularon a tres familiares de Dana en su asesinato: Mauro Ramos, su padre; Evelyn B., prima de la pequeña; y Rafael L., esposo de Evelyn.
Durante la audiencia de juicio, que se extendió por cuatro días hasta este viernes 8 de noviembre de 2024, la fiscal del caso presentó una acusación detallada, donde especificó uno a uno cómo actuaron los señalados en el delito.
En la audiencia se exhibieron pruebas documentales y testimoniales que los vinculan directamente con el crimen.
Algunos de los indicios fueron: testimonios de familiares de la víctima y de agentes que participaron en la búsqueda, el informe investigativo y el acta del levantamiento del cadáver.
Sentencia contra los involucrados
Los magistrados determinaron que Mauro Ramos, Evelyn B. y Rafael L. deberán cumplir con una pena de 40 años de prisión.
Su prima fue calificada como autora directa, su padre como autor mediato y Rafael como coautor del asesinato de Dana.
Además, los sentenciados deberán pagar una multa de 1,500 salarios básicos unificados (690,000 dólares).
Más otros 20,000 dólares como reparación integral a favor de la madre de la víctima.
La sentencia se basó en el artículo 162 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona por secuestro extorsivo con resultado de muerte.
La agravación del delito fue por la participación de dos o más personas en la comisión del crimen en perjuicio de una niña.