ANT advierte sanciones por suspensión injustificada de transporte público

La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) recuerda que la suspensión del servicio de transporte público sin justificación es una infracción grave con multas

Alan Franco de la Selección de Ecuador tras un gol de México en el Mundial.

La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) recordó este jueves 2 de julio de 2026 que la interrupción o suspensión injustificada del servicio de transporte terrestre constituye una infracción administrativa muy grave. Según la normativa vigente, los operadores que incurran en esta conducta podrán enfrentar sanciones económicas y administrativas.

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Infracciones y sanciones establecidas

En un comunicado emitido el mismo día, la entidad señaló que la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que la suspensión del servicio sin una causa legalmente justificada es una infracción sancionada con una multa equivalente a ocho remuneraciones básicas unificadas.

Obligaciones de los operadores

La institución también indicó que la Resolución Nro. 045-DIR-2014-ANT, que regula los contratos de operación, prohíbe expresamente la suspensión del servicio a los buses de transporte público.

Esta prohibición aplica salvo en casos de fuerza mayor, caso fortuito o cuando exista una disposición de la autoridad competente.

Procedimientos administrativos ante infracciones

Según el organismo, si se verifica una interrupción o suspensión injustificada del servicio, se iniciarán los procedimientos administrativos correspondientes para determinar responsabilidades y aplicar las sanciones previstas en la normativa.

Este proceso respetará el debido proceso y el derecho a la defensa.

Medidas cautelares para proteger el interés público

La ANT explicó que, conforme a la Resolución Nro. 096-DIR-2021-ANT y la legislación vigente, cuando el interés público se vea comprometido, la autoridad competente podrá adoptar medidas cautelares. Entre estas medidas se incluyen:

  • Intervención de la operadora.
  • Suspensión de rutas o unidades.
  • Revisión técnica extraordinaria.
  • Reevaluación de conductores.

Además, dependiendo de la gravedad de la infracción, la normativa contempla la posibilidad de aplicar sanciones adicionales, como la reversión de rutas y frecuencias o del título habilitante.

Compromiso con la continuidad del servicio

En su comunicado, la Agencia Nacional de Tránsito reiteró su compromiso con la continuidad del servicio público de transporte terrestre y con la protección del derecho de la ciudadanía a una movilidad segura y permanente.

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