En la gráfica se observa a dos hombres que fueron detenidos por un supuesto caso de drogas y llevados a flagrancia. Foto: Archivo/EL COMERCIO
Las cárceles del país están abarrotadas por 36 441 personas. La ministra de Justicia, Rosana Alvarado, ha reconocido que esa cifra significa un 42% de hacinamiento. Sin embargo, lo que más preocupa a la Secretaría de Justicia es que la población penitenciaria seguirá creciendo a un ritmo acelerado si no se concretan las reformas legales.
Datos de ese Ministerio revelan que cada mes ingresan, en promedio, 400 nuevos internos. El 82% de los detenidos en el país ha sido juzgado con el actual Código Integral Penal (COIP), mientras que el 18% restante cumple penas con la anterior norma.
“Lamentablemente los jueces siguen considerando la prisión preventiva como la primera medida, la más fácil de aplicar”, afirmó Alvarado.
Para la Ministra, el uso excesivo de la prisión preventiva es uno de los problemas de la sobrepoblación carcelaria.
Ahora, los miembros de esa mesa legislativa debaten reformas en el Código Penal (COIP) que permitan reducir el número de personas que son privadas de su libertad.
En el 2014, cuando entró en vigencia el COIP, las cárceles en el país estaban ocupadas por 23 531 detenidos y la tasa de hacinamiento era de 1,5. En el 2016, el universo de detenidos creció a 30 656 internos.
En el 2016, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó al país aplicar medidas alternativas a la reclusión, sobre todo en los casos de delitos menores.
El Ministerio de Justicia señala que hasta octubre pasado existían 12 718 personas detenidas sin sentencia.
Por otro lado, solo 703 procesados habían recibido un dispositivo de vigilancia electrónica. Esta es una medida que permite a los sospechosos de haber cometido un delito defenderse en libertad.
En el país existen otros 3 000 dispositivos de vigilancia satelital que no están siendo utilizados. Según el Código Penal, quienes deben ordenar su uso son los jueces de garantías penales y deben aplicar sobre todo cuando los procesados son mayores de 65 años, mujeres embarazadas o enfermos.
Jorge Paladines, experto en criminología, cree que otra razón para la sobrepoblación carcelaria son las sentencias en contra de pequeñas mulas y microexpendedores.
De hecho, un estudio del Ministerio de Justicia revela que en abril del 2015 había 3 809 presos por ese delito en el país. En ese tiempo la prisión para pequeños traficantes no era permitida en la ley.
Para diciembre del 2016, la población creció a 9 087 internos. Ese aumento se produjo justo después de tres reformas sobre la legislación de drogas que endurecieron las sanciones: la aprobación de la Ley de Drogas, la acumulación de penas, según la sustancia ilegal, y la reducción de los gramos permitidos en las tablas para tráfico y consumo.
En julio pasado, la Defensoría Pública presentó un estudio sobre las personas privadas de la libertad. Allí se detalla que el 22% de detenidos en las cárceles que operan a escala nacional lo está por tráfico y tenencia de drogas.
En cambio, el Ministerio de Justicia revela que en realidad están privados de libertad por ese delito el 25% de internos.
María Luisa Cuichán tiene a su esposo preso por tenencia de estupefacientes. En febrero pasado, él fue sentenciado a tres años de cárcel por trasportar 0,8 kilos de droga en su taxi. Pese a la condena, ella tiene la esperanza de que su esposo recupere la libertad pare el primer trimestre del 2018.
Ella integra la asociación de familiares de privados de la libertad. Este grupo espera que las reformas legales beneficiarán a quienes están detenidos por tráfico de alcaloides, en menor escala, y por delitos leves, como robo en mínimas cuantías, que se sanciona hasta con cinco años de cárcel.
En contexto
En agosto del 2014 entró en vigencia el Código Integral Penal y las tablas para consumo y tráfico de sustancias. Esta norma permitió la liberación de 2 100 personas que fueron sentenciadas por drogas con el código derogado.