La Comisión de Seguridad de la Asamblea aprobó por unanimidad este viernes, 16 de diciembre de 2022, el informe para el segundo y definitivo debate del proyecto de reforma a varios cuerpos legales para el fortalecimiento de las capacidades institucionales y la seguridad integral.
Según el presidente de esta mesa, Ramiro Narváez (ID), se prevé que este texto sea tratado por el Pleno el próximo domingo 18, un día antes de la vacancia legislativa al que se acogerá esta Función entre el 19 de diciembre y el 2 de enero.
Narváez apeló al respaldo de las bancadas legislativas para aprobar este cuerpo legal, como una manera de responder a la inseguridad ciudadana.
El texto surge de un proyecto remitido hace 11 meses por el presidente Guillermo Lasso a la Legislatura, que incorpora varias iniciativas legislativas. Además, en los últimos tres meses se instaló una comisión mixta entre Ejecutivo y Legislativo para encontrar consensos.
El texto se compone de nueve capítulos, 151 artículos y nueve disposiciones que modifican algunas normas como el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana, el Código Orgánico Integral Penal (Coip), el Código Orgánico de la Función Judicial, la Ley de Seguridad Pública y del Estado, principalmente.
Narváez resaltó que la propuesta abarca una reestructuración total del sistema de rehabilitación social, y cambios en procedimientos judiciales para que los delitos del crimen organizado no queden en la impunidad.
“A través de esta ley lo que garantizamos es que las instituciones puedan cumplir de mejor manera su rol para enfrentar a la delincuencia”, dijo.
En el artículo 1 de este proyecto se precisa que “esta Ley tiene por objeto reformar varias disposiciones legales relativas a la seguridad pública y del Estado, la defensa nacional, al derecho penal y procesal penal, el Sistema Nacional de Rehabilitación Social, la ejecución de penas, el desarrollo integral de adolescentes infractores y otras contenidas en distintos cuerpos legales”
Esto, añade, “con el propósito de contribuir al fortalecimiento de las capacidades institucionales para el cumplimiento del deber primordial del Estado de garantizar a sus habitantes el derecho a una cultura de paz y a la seguridad integral”.
Componentes
La reforma contempla la creación de un Consejo Nacional de Política Criminal, la creación de un organismo técnico con rango de ministerio para el Sistema Nacional de Rehabilitación Social, la conformación de tribunales fijos en materia penal.
La Comisión no dio paso a la imputabilidad de menores de edad en crímenes, pero endureció las penas para aquellas personas que se dediquen a reclutarlos con estos propósitos.
Reformas, nuevos tipos penales y penas
En lo que respecta a las modificaciones que se proponen en materia de tipificación de crímenes, constatada la grave crisis de seguridad en los centros de privación de libertad de 2021 y 2022 que han mostrado nuevos comportamientos delictivos, este proyecto de ley reforma el tipo penal de terrorismo considerando las particularidades de la tipificación cuando se realiza a lo interno de los centros de privación de libertad.
El proyecto aclara las condiciones en las que se da la conducta agravada cuando se comete el delito desde o en los centros de privación de libertad.
También se aclara el tipo penal de tenencia y porte de armas, estableciendo que no comete delito la persona que porte o tenga un arma con el permiso caducado, sin embargo, se establece que esta exención procede siempre y cuando la persona evidencia que ha iniciado el trámite de renovación con anterioridad de hasta 90 días previos.
Se tipifica la fabricación, suministro, adquisición, comercialización o transporte de armas prohibidas en la normativa legal vigente o no autorizadas por la autoridad competente del Estado, sus partes o piezas, municiones, explosivos, accesorios o materias destinadas a su fabricación, conducta antijurídica poco clara que generada indebida aplicación entre los operadores de justicia.
Además, se tipifica el uso, construcción, comercialización o tenencia de sumergibles y semisumergibles con pena de hasta trece años y multa que alcanza los seiscientos salarios básicos unificados.
También se tipifica como conducta agravada las llamadas “vacunas”, este delito será sancionado con pena privativa de libertad de hasta diez años con multa de hasta ochenta salarios básicos unificados del trabajador en general.
Así mismo, se plantea multas y conductas agravadas en e delito de robo, reprochando con severidad y pena de hasta trece años este delito cuando se realiza sobre material bélico o de uso policial o militar, sustancias catalogadas sujetas a fiscalización bajo administración del Estado o si es cometido por servidoras o servidores públicos responsables de su administración, utilización, manejo o control.
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