Ordenanza Institucional
La Prefectura de Pichincha, muy alegremente, ha aprobado una ordenanza mediante la cual se crea una contribución que deben pagar los propietarios de automotores al momento de matricularlos. La Prefecta no ha informado cuál es la base legal para exigir su pago. Analizado el tema, vemos se trata de un impuesto, porque no es una tasa, en razón de que no hay la prestación de un servicio de parte de la prefectura; tampoco es una contribución de mejoras, porque no se ajusta técnica ni legalmente a las disposiciones que establece el COOTAD en sus artículos 569 y siguientes, con características diferentes a la tal contribución creada por la Prefecta. No existe base legal para la creación de este tributo que es un impuesto. Además existe otro impuesto a los vehículos, cuya base legal se sustenta en los Arts. 538 al 542 del COOTAD, por lo que no se pueden duplicar los impuestos sobre la misma materia.
Además la Prefecta se está atribuyendo competencias del presidente de la República, quien es el único que tiene la facultad constitucional para crear mediante ley nuevos impuestos que deben ser conocidos, discutidos y aprobados por la Asamblea Nacional, o acaso la Prefecta ya se olvidó su paso por la legislatura en el periodo correísta y ahora pretende imponer un impuesto camuflado, sin base legal. Sobre esta materia deberá pronunciarse La Corte Constitucional, sobre la inconstitucionalidad, ilegalidad e ilegitimidad de la mencionada Ordenanza de la prefectura pichinchana.
Gustavo Chiriboga Castro
Jubilados, ¡Es hora de ahorrar!
Los jubilados del país debemos estar sumamente agradecidos con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), pues con el “incremento” que han efectuado a las pensiones jubilares ahora sí podemos comenzar a ahorrar, y no despilfarrar el dadivoso “aumento”.
El diccionario dice que “ahorro es la acción de no gastar todo lo que se tiene o gana y guardar una parte”. Pues eso es lo que personalmente haré; de los 56 centavos que ha sido dilatada mi pensión, comenzaré a ahorrar un centavo e invertiré o malgastaré 55 centavos mensuales, por lo que al finalizar el año 2022 tendré guardado 12 centavos que posiblemente me sirva para cubrir muchas y urgentes necesidades. Fuera de bromas y comentarios risibles, el hecho real y cierto es que el IESS, una institución prestigiosa y respetable, se ha convertido actualmente en una entidad que se mofa de la clase jubilada y la condena, sin merecerlo, a una angustia existencial diaria y permanente.
El Art. 234, inciso 5 de la Ley de Seguridad Social, dice: “…las pensiones de jubilación y montepío se incrementarán al inicio de cada año por el Consejo Directivo del IESS, …”. La norma es de carácter imperativo (se incrementarán), no discrecional o potestativo. ¿Los “competentes” miembros del Consejo Directivo conocerán lo que significa incrementar? Alguno intentará cualquier interpretación, pero se confundirá en su incapacidad y estulticia.
Guillermo Pérez de Castro