He conocido, por noticias periodísticas o por experiencia personal, que existen al menos tres casos en los cuales el ciudadano común se ve obligado a pagar impuestos, multas o contribuciones de años anteriores, que por falta de regulación específica o ineptitud de los organismos recaudadores, no fueron cobrados oportunamente. Resulta que un organismo de control se da cuenta a los diez años, que una contribución que debía haber sido retenida por las compañías de seguros, no se ha hecho y entonces como solución fácil, se dispone que se cobre nomás a los ciudadanos que ninguna responsabilidad tienen de que no haya existido el reglamento y por tanto no le hayan cobrado. Luego, otro organismo de control encuentra que el Municipio no ha cobrado correctamente sus impuestos y claro, lo más fácil es disponer que paguen los ciudadanos por la ineptitud de los empleados. Además y de manera absurda, se le añaden intereses de mora. Otro organismo emite un instructivo de sanciones el año anterior y a pesar de que este mismo organismo aplicaba un procedimiento y unos valores diferentes antes, decide aplicarlo para los casos anteriores a la fecha de expedición de esa norma. Todos estamos obligados a cumplir con nuestras responsabilidades, unos a pagar sus obligaciones y otros a realizar su trabajo con eficiencia. Lo correcto es que si los responsables de cobrar no cobraron, el Estado asuma su ineficiencia y ejerza el derecho de repetición que consta en la Constitución.