El Tribunal Arbitral que conoce el caso iniciado en contra de la República del Ecuador por Chevron Corporation y Texaco Petroleum Company en septiembre de 2009, emitió el día de ayer, lunes 27 de febrero, el laudo interino sobre jurisdicción y admisibilidad, con el que se declara competente para conocer las demandas planteadas por las compañías.
La defensa del Estado ecuatoriano, liderada por la Procuraduría General del Estado, planteó numerosas y sólidas objeciones a la jurisdicción del Tribunal, basadas en que las demandantes no pueden invocar la protección del Tratado de Promoción y la Protección de Inversiones (TBI), suscrito entre Ecuador y los Estados Unidos de América, porque: Texaco concluyó su inversión voluntariamente en 1992, esto es cinco años antes de que entrara en vigencia el TBI y, a partir de esa fecha, la petrolera no ha tenido negocios en nuestro país. Asimismo, Texaco no es la parte demandada en el proceso conocido como “juicio de Lago Agrio” y Chevron no suscribió ni es beneficiario de los acuerdos bilaterales de liberación ambiental suscritos entre Ecuador y Texaco, que dejan a salvo los reclamos de terceros.
A través de este arbitraje, dice la Procuraduría, las compañías Chevron-Texaco persiguen que se declare que el Estado ecuatoriano ha violado sus obligaciones bajo el TBI y, en consecuencia, las mantenga indemnes por cualquier sentencia que se emita en su contra dentro del “juicio de Lago Agrio”, iniciado por las comunidades de la Amazonía ecuatoriana por supuestos daños ambientales causados como resultado de la operación de Texaco entre los años 1972 y 1992 en esa zona.
El procurador Diego García manifestó: “Estamos en desacuerdo con la decisión del Tribunal Arbitral que, equivocadamente, ha aceptado los argumentos de las compañías Chevron–Texaco para asumir competencia sobre una disputa en la que la República del Ecuador no es parte y, más grave aún, para actuar como un tribunal que puede revisar las sentencias dictadas por el sistema judicial ecuatoriano. Sin perjuicio de esto, debe rescatarse la afirmación del Tribunal de que no se trata de un pre-juzgamiento de los méritos de la controversia y que el Ecuador tendrá la oportunidad de presentar todos los argumentos de los que se crea asistido, en la fase de méritos que está por venir, en donde, en efecto, la defensa del Estado continuará presentando todas las alegaciones, argumentos y pruebas pertinentes, y utilizará todos los recursos a su alcance para demostrar que las reclamaciones de Chevron-Texaco no tienen fundamento”.