El Concejo Metropolitano aprobó en segundo y definitivo debate la Ordenanza Municipal de Incremento de Edificabilidad y Altura de las Construcciones en el Distrito.
Esta normativa autoriza a los propietarios de lotes ubicados en zonas urbanas de crecimiento (Quitumbe, La Delicia y Los Chillos) a levantar dos pisos más en sus edificaciones. Por este concepto, la Ordenanza autoriza al Municipio el cobro de una tasa.
La concejala Elizabeth Cabezas, presidenta de la Comisión de Suelo y Ordenamiento Territorial, explicó que podrán crecer en altura los inmuebles cuyos predios tengan un área de 400 metros. Además, las vías ubicadas frente a esos predios deben tener 12 m de ancho.
Esto para evitar que en lotes pequeños se levanten construcciones sin control. “Por ejemplo, yo soy dueña de un terreno y voy a construir. En lugar de levantar dos pisos voy a construir cuatro. Por esos dos pisos más, ahora se debe pagar al Municipio un valor determinado en la Ordenanza”.
Cabezas dijo que no se ha hecho un cálculo de cuánto se va a recaudar con esta nueva Ordenanza, que ya entró en vigencia en el Distrito Metropolitano.
Desde ahora, los dueños de predios que aspiren a construir los dos pisos más, deben registrar sus planos en la línea de fábrica. Luego, en este procedimiento se notificará si es posible la construcción. Según las estadísticas de la Comisión de Suelo del Concejo, al año se tramita un promedio de 1 100 planos en el Distrito. La referencia es desde el 2006.
La nueva Ordenanza permitirá la edificación de más pisos sobre lo establecido en el Plan de Uso y Ocupación del Suelo (PUOS). Este es un instrumento de planificación territorial que determina los parámetros y normas específicas para el uso, la ocupación, edificabilidad y los retiros correspondientes en los lotes.
Handel Guayasamín, presidente de la Bienal del Colegio de Arquitectos, explicó que la normativa de edificabilidad tiene historia. “Se aplica desde hace 15 años y desde antes, la Ordenanza permitió legalizar las irregularidades en construcciones o ampliaciones en los últimos pisos de edificios de la ciudad”.
La nueva normativa actualizó las reglas vigentes. También se aplicará la Ordenanza en proyectos urbano-arquitectónicos y en proyectos de intervención de entidades públicas, hospitales, conjuntos habitacionales, centros educativos, entre otros.
Guayasamín sostuvo que la ciudad está sujeta a una situación especial con la salida del Aeropuerto Mariscal Sucre, anunciada -en principio- para el próximo año. Actualmente, en las zonas aledañas rige un impedimento para levantar más pisos en las edificaciones. “Con la reforma se generará un ‘boom’ de altura de edificaciones en la ciudad, lo cual permitirá generar más ingresos para las arcas del Municipio”.
Sin embargo, según el texto de la Ordenanza, no se podrá levantar más pisos en el Centro Histórico y en los barrios creados mediante Ordenanza, como La Floresta. También incluye la restricción a las zonas aledañas al Aeropuerto Mariscal Sucre, mientras continúe en funcionamiento.
Detalles de la nueva normativa
La construcción donde se vaya a aumentar los pisos debe contar con aprobaciones, registros, licencia de construcción y habitabilidad, con lo requerido en áreas comunales y declaración de responsabilidad por parte de un profesional.
Los propietarios que requieran acogerse al incremento de altura deberán hacer un pago en efectivo o mediante concesión de suelo a la Municipalidad para espacios verdes.
El valor equivalente del suelo a entregarse como forma de pago será determinado por la Dirección Metropolitana de Catastro, previo informe favorable emitido por la Secretaría de Territorio Hábitat y Vivienda del Cabildo.
Para determinar el valor de la tasa a pagar se tomará en cuenta la superficie del terreno, las áreas de intervención valorativas, el área útil del total de la construcción y de los nuevos pisos a construirse.
El valor equivalente en obras de infraestructura será determinado por la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop), previo informe de la Secretaría de Territorio Hábitat y Vivienda.