Este proceso que implementó el correísmo hace un año, para que la reelección presidencial fuera vitalicia, y que aceleradamente logró obtener dictamen favorable de la Corte Constitucional, como que hubiere sido necesario, o mejor aún, para que se la considerara sacramentada como la primera de las 16 enmiendas, inició su camino en violación directa del numeral 2 del art. 144. Este incluye pocas palabras: “La Presidenta o Presidente de la República permanecerá cuatro años en sus funciones y podrá ser reelecto por una sola vez”, porque no solamente ya excedió los ocho años en el poder, sino que cubrirá casi tres veces este mandato, porque al 2017 cumplirá el largo y privilegiado tiempo de 11 años y medio.
Al constar este mandato antidemocrático como una joya del poder absoluto en el primer lugar de “las enmiendas”, alargó el tiempo del ejercicio presidencial; pero no puede convalidarlo, porque sigue siendo una evidente y flagrante violación constitucional. Además, esta semana la Asamblea Nacional lo aprobará dentro de un texto total, cual si se tratara de un fardo cerrado y sellado por su Presidenta.
Por eso, es necesario puntualizar la existencia de otros elementos que contienen atropellos a las funciones de la Contraloría, cuando restringen sus fases finales de sanción imprescindible; y a la libertad de pensamiento en el numeral 16, al situar a la comunicación como un servicio público.
Para llegar a este final, que requiere la aprobación previa para publicarse como ley en el Registro Oficial, ya se ha consumado una más de las violaciones, porque han configurado todo un tortuoso camino antidemocrático, que ni en esta etapa última ha permitido que sean debatidas suficientemente, una por una, por ser enmiendas que contienen materias especializadas y, por tanto, diversas. Y, sobre todo, que dejan al descubierto la imposibilidad de que sea consultado el pueblo, a través de las urnas, el único camino verdaderamente democrático. Una vez más, poco ha importado que esta sea una prueba de que el ejercicio presidencial absoluto pone su sello en las resoluciones de la Asamblea Nacional.
Por esto, se hace imprescindible que sean difundidos los demás elementos que tienen las enmiendas: 1. Bajar la edad a 30 años para inscribir candidaturas a la Presidencia y Vicepresidencia de la República -en contra del art. 142 constitucional que determina haber cumplido 35 años de edad. 2. Que la comunicación sea uno más de los servicios públicos, restringiendo al principio universal de la libre expresión del pensamiento. 3. Que no se autorice ninguna consulta popular. 4. Que las Fuerzas Armadas sean apoyo directo de la Policía Nacional.
Por tratarse de elementos que alteran la estructura fundamental del Estado, ya se han pronunciado en contra de este paquete de enmiendas las bases populares, y han anunciado que estarán vigilantes, en cuerpo presente,en las horas o días que sean tramitadas en la Asamblea.