Las personas seleccionadas para formar parte de las mesas electorales deberán capacitarse a través de los cursos que realizará el CNE. Los ciudadanos elegidos para formar parte de las juntas receptoras del voto deberán capacitarse del 5 de noviembre del 2022 al 5 de febrero de 2023. Este curso es importante que lo desarrollen ya que aquí se explicará las funciones que tiene un miembro de mesa.
Si una persona no realiza la capacitación tendrá una sanción económica del 10% del Salario Básico Unificado. Serán 279 244 personas quienes se encargan del conteo de votos el próximo 5 de febrero de 2023. Las Juntas Receptoras del Voto estarán conformadas por tres vocales principales, tres vocales suplentes y un secretario. Las mesas se instalarán con tres vocales y un secretario.
Obligaciones de las Juntas Receptoras del Voto
1. Recibir la notificación del respectivo nombramiento mediante cualquier medio electrónico o físico.
2. Integrar la Junta Receptora del Voto, revisar los documentos y material electoral.
3. Levantar las actas de instalación y escrutinio de la misma.
4. Brindar facilidades para que las personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con niños lactantes puedan ejercer de forma adecuada su derecho al voto.
5. Facilitar a los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo el derecho al sufragio.
6. Suscribir las actas de instalación y de escrutinio, y las que el CNE establezca.
7. Realizar los escrutinios, una vez concluido el sufragio y suscribir las actas por triplicado.
8. Entregar al responsable consular o su delegado las actas de instalación y escrutinio de cada dignidad en los sobres sellados y firmados.
9. Registrar en el acta correspondiente las observaciones que se presenten durante la conformación e instalación de la Junta Receptora del Voto.
10. Integrar la Junta Receptora del Voto con ciudadanos y ciudadanas cuando esta no pudiera instalarse por ausencia de la mayoría de sus vocales.
11. Efectuar el escrutinio ante la presencia de los delegados de los sujetos políticos, observadores y medios de comunicación debidamente acreditados.
12. Participar de manera obligatoria en las actividades de capacitación programada por el CNE y sus Delegaciones Provinciales.
13. Las demás obligaciones y responsabilidades que terminen las autoridades electorales de conformidad con sus atribuciones previstas en el ordenamiento jurídico.
¿Qué sucede si no completan las mesas electorales?
Si no logran abrir la mesa con las cuatro personas encargadas de las juntas receptoras del voto se sumarán los primeros ciudadanos de la junta que acudan a votar para iniciar el proceso de sufragio. Por esta razón, las capacitaciones para los miembros de las juntas estarán habilitadas para que todos los ciudadanos puedan revisar en caso de necesitarlos en mesa.
Si una persona no realizó la capacitación, no acudió a votar y tampoco se presentó como parte de la mesa electoral, deberá cancelar un valor de USD 148 75 sumando las tres multas. En caso de tener un problema con justificación podrá presentarlo ante una de las 24 Delegaciones Provinciales.
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