Bien se conoce que la Organización de Estados Americanos (OEA) es el principal foro político para el diálogo, la concertación y la toma de decisiones de la región. Su acción se dirige básicamente a afianzar la paz y la seguridad del continente, promover y consolidar la democracia representativa dentro del principio de no intervención, asegurar la solución pacífica de controversias y promover los derechos humanos, a la luz de la Carta constitutiva. En ese contexto, la Organización ha priorizado, en años recientes, el fortalecimiento de la institucionalidad democrática de los miembros.
Para potenciar la consolidación de los procesos democráticos instaurados en la década de los ochenta, tras un sombrío período dictatorial que padeciera la región, la Asamblea General aprobó la Resolución 1080 (Santiago de Chile, 1991), que contempla una acción colectiva de la OEA en caso de interrupción abrupta o irregular del proceso político institucional o del legítimo ejercicio del poder. Esta medida se complementó con un reforma de la Carta (Washington, 1992) por la cual un Estado cuyo Gobierno democrático sea derrocado por la fuerza podría ser suspendido del derecho de participación en los principales órganos del sistema, a la vez señala que la eliminación de la pobreza crítica es parte esencial de la promoción y consolidación de la democracia representativa. Dentro del mismo curso, la Asamblea General aprobó, en 1993, la Declaración de Managua sobre la Promoción de la Democracia y el Desarrollo, que reafirma la posición de los Estados en el sentido de que la democracia, la paz y el desarrollo son partes inseparables e indivisibles de una visión renovada e integral de la solidaridad americana.
Estos elementos de afirmación institucional, expuestos a vuelapluma, sirvieron de base para un proceso que habría de culminar con la elaboración y aprobación de la Carta Democrática Interamericana, instrumento específico fundamental que fue adoptado por la Asamblea General el 11 de septiembre de 2001, en un período extraordinario de sesiones celebrado en la ciudad de Lima. Según el Art. 3 de dicha Carta, “Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos”.
La OEA, a través de la Carta Democrática, tiene una clara riqueza conceptual, asume el compromiso de promover los principios y prácticas democráticas y fortalecer la cultura democrática en el Hemisferio, considerando que es un sistema de vida fundado en la libertad y el desarrollo integral de los pueblos.