En cuanto se refiere a protección de los animales, las mascotas tienen ya régimen legal.
El nuevo Código Integral Penal, en el art. 249 dispone: “La persona que por acción u omisión cause daño, produzca lesiones, deterioro a la integridad física de una mascota o animal de compañía, será sancionada con pena de 50 a 100 horas de servicio comunitario. Si se causa la muerte del animal será sancionada con pena privativa de libertad de tres a siete días.
“Se exceptúan de esta disposición, las acciones tendientes a poner fin a sufrimientos ocasionados por accidentes graves, enfermedades o por motivos de fuerza mayor, bajo la supervisión de un especialista en la materia”.
Hay fundamento para esta preocupación. Personas de buena voluntad han presentado a consideración de la Asamblea Nacional un proyecto de Ley Orgánica de Bienestar Animal (LOBA), que busca avanzar un poco más allá de las mascotas y solicitan regulación del uso de los animales en espectáculos, sobre el comercio de mascotas en los espacios públicos y su exhibición en vitrinas para la venta.
El proyecto de ley también dispone control para regular la disección de animales vivos con fines investigativos; definir medidas de protección para la fauna silvestre que habita en las urbes y fortalecer la legislación específica de vida silvestre; y, por fin, impulsar la adopción de animales de compañía, pero esterilizados.
No hay conciencia en cuanto a la protección de los animales.
Deben prohibir, radicalmente, la tenencia de perros en una azotea o espacios muy limitados. Cuando algunos dueños viajan a la playa, los dejan hasta por tres días con insuficiente ración de alimentos.
Algún desalmado abandona un perro en una quebrada, para que muera; otro, lo abandona en la calle cubriéndole con inodoro desechado, para que perezca; un tercero, le priva del alimento hasta que el perro parezca un esqueleto; y si se trata de vejez o debe morir, lo cuelgan de una cuerda y lo ahorcan, etc., etc., etc.
Sin embargo, la ley o reglamentos deberán prohibir que las personas transporten perros o gatos en los buses de servicio público; que los animales permanezcan en sitios visitados por turistas u otros lugares de gran afluencia. Que no suceda que quieran llevar perros al interior de iglesias, centros comerciales, restaurantes y similares. Los perros apenas llegan a un sitio “marcan territorio” con su orina.
De manera definitiva, los canes no deben deambular en las calles, buscando alimento en basureros; ensuciando la ciudad con sus deyecciones; y, en ocasiones, atacando a las personas.
Que se impulse la adopción de canes para evitar penosas escenas y su reproducción incontrolada.
Perros, gatos, aves silvestres y mascotas merecen afecto, pero deben regular su existencia libre de daños y maltratos. Sus vidas merecen respeto y compasión.
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