La reforma constitucional que por vía de consulta popular se ha propuesto, confirma lo que ya advertimos en esta columna en los días del entusiasmo neo constitucionalista de Montecristi: que por sobre el ultra presidencialismo del esquema político propuesto, en los hechos, ya sea por ingenuidad o novelería, se estaba abriendo ancho cauce a un “gobierno de los jueces”, y que ese gobierno judicial podría colisionar severamente con las instituciones y con el “proyecto” diseñado por los teóricos del socialismo del siglo XXI, y que seguramente enterraría los pocos rezagos que quedaban del Estado de Derecho. En efecto, cualquier observador más o menos sensato podía advertir que uno de los problemas de fondo que se estaba gestando en la Asamblea Constituyente iba a venir del poder paralelo que se entregó indiscriminadamente a los jueces de todo tipo y calibre, por medio de las acciones constitucionales, las medidas cautelares y la infinidad de resquicios, argucias, zonas grises y recursos que propician o permiten tanto la Constitución de 2008, como las leyes orgánicas correspondientes. A modo de ejemplo, los jueces constitucionales pueden “modular” los efectos de las sentencias que dicten, en función de conceptos teóricos, que, en la práctica, se traducen en intereses concretísimos, y pueden incluso cuestionar y anular políticas estatales, que, en un Estado fuertemente planificador, son la base del poder político.
A todo ello se agrega el cúmulo de facultades discrecionales entregadas a la Corte Constitucional, que puede revocar sentencias ejecutoriadas de toda clase, cuando, a su juicio, tengan relevancia nacional, cuando sean “novedosas”, etc. Más aún, el neo constitucionalismo inaugurado con bombos y platillos, en nombre de los derechos de las personas (¡!), en la práctica, ha permitido que se extienda la tesis de la caducidad de la “legalidad burguesa” y de que por sobre las leyes -ahora convertidas en ilusión de crédulos-, se sostenga y se aplique aquello de los “principios” hipotéticos y abstractos, obviamente sujetos a la aventura peligrosa de lo que el juez considere lo que debe entenderse por el principio de justicia, solidaridad, equidad, etc. Imagínese, lector, el juez de Absurdistán, desentrañando las teorías de Ferrajoli, o, aplicando, por sobre las reglas del proceso, la tesis del “activismo judicial”, y dejando de lado las pruebas del juicio y alegando, para sentenciar, la congruencia del derecho con la “conciencia social” o con los “sentimientos de justicia”, según entienda el poderoso juzgador de Absurdistán, o el aún más poderoso y anónimo señor que inspire sus teorías o emociones.
Al gobierno de los jueces, se agrega el caos casi general de la Administración de Justicia. Y ahora se sumará el entredicho frontal de la independencia judicial. Se sumará el poder plebiscitario. Lindo escenario el que se viene.