La Corte Constitucional, por dictamen de 31 de octubre-2014, autorizó un procedimiento novísimo para reformar la Constitución por vía de “enmiendas”, cual si se tratara de corregir el texto que tendría en fondo y forma errores susceptibles de hacerlo por esa vía directa, cuando efectivamente se trata de una violación al texto constitucional del art. 144, acápite segundo, que dice: “La Presidenta o Presidente de la República permanecerá cuatro años en sus funciones y podrá ser reelecto por una sola vez”. Tan conciso, claro y corto fue ese mandato, que a nadie se le habría ocurrido pedir explicación alguna. Sin embargo, como se consideró insuficiente para cumplirlo por parte del poder absoluto presidencial, pasó a ser un primer punto de un largo texto nominado como “enmiendas”, y sacralizado por aquel dictamen.
Hacia finales de diciembre del 2015, la Asamblea tiene como tema imprescindible tratarlo en el Pleno, para aprobarlo, sin considerar que constituye una violación. Los asambleístas de oposición nada podrán hacer con sus 30 votos, ni siquiera en esta propuesta, frente a casi un centenar que apoya al poder absoluto del Presidente de la República. Tanta audacia tiene este numeral 1º de las 16 enmiendas, que el correísmo declaró el 13 de noviembre que se puede modificar su texto original que ya cumplió un año de difundirse por todo el país, para que quienes ya han sido reelectos una vez, no se inscriban en una tercera postulación, incluido el Presidente de la República, que para mayo del 2017 cumpliría 11 años y medio de ejercer esa altísima función; esto es, faltando escasos meses para llegar a cubrir tres períodos presidenciales que han sido practicados por quienes ganaron elecciones y dejaron el poder a los cuatro años, para que otro ciudadano lo ejerza. Esa era la necesaria práctica democrática por casi dos siglos como República del Ecuador.
Aquella declaración del 13-XI-2015 fue una propuesta para que se modifique la reelección inmediata, y tenga vigencia solamente desde el año 2021, y pueda el correísmo inscribirse para elecciones presidenciales de ese año; esto es, después de cuatro años, cuando termine su mandato otra persona de sus filas políticas, o de otro movimiento o partido que hubiere triunfado desplazándole por un nuevo frente político de oposición al continuismo; elemento que nunca estuvo presente en la vida política ecuatoriana.
Para llegar a este objetivo, nuestro pueblo tendría a su favor la tradición democrática de la alternancia, elemento fundamental para fortalecer a las instituciones que sustentan la división clásica de los tres poderes: ejecutivo-presidencialista, legislativo y judicial, que en estos nueve años han sido absorbidos por el poder absoluto. Habría que agregar al poder electoral también subordinado al eje presidencial.
Solamente el voto mayoritario que se exprese en las urnas del año 2017, claramente adverso a esta época correísta, y en volumen suficiente, cerrará este ciclo.
mortiz@elcomercio. org