Vivió en la provincia de El Oro un juez de lo Civil, llamado Tranquilino Aguilar Sánchez. Cuando estaban vigentes los amparos, negó uno que interesaba a poderoso sector económico. Desde aquel entonces, personas ajenas a esa entidad presentaron quejas contra el Juez por diversos asuntos ante el Consejo Nacional de la Judicatura.
Una queja tras otra fueron desechadas. Pero llegó un día en que, seguramente cansados de no hallar sanciones por el lado legal, optaron por asesinarlo asestándole dos balazos cuando ingresaba a su domicilio, luego del trabajo. En conocimiento de la muerte, el 11 de enero de 2008, el Consejo de la Judicatura ordenó el archivo del último proceso en trámite.
Presentar una queja tras otra, es conocida como “empapelamiento”. Al registrar el nombre y apellido del judicial en la computadora aparece, así, una lista más bien larga de quejas y ese primer impacto provoca que se considere al individuo como indeseable.
En Quito, por error, asesinaron a una secretaria de la Corte, la Lcda. Blanca Cando, pues era sabido que la víctima habría sido una magistrada severa respecto al narcotráfico, pero el sicario se equivocó de persona. Actualmente se ha repetido la técnica del “empapelamiento” contra una jueza de lo Penal, la Dra. Lucrecia Mora Cepeda, pero ella ha tenido la suficiente valentía para poner en conocimiento público lo que ha padecido por las quejas. Ha publicado un folleto de 84 páginas con el relato de su experiencia. Dice que un fiscal sostiene la tesis de que ‘ : “el Juez de Derecho debe actuar conforme a petición del Fiscal que es el único que formula una imputación y el Juez de Derecho debe atenerse estrictamente a ese acto por lo que le queda prohibido al Juez, en primer lugar hacer una interpretación; en segundo lugar, hacer una imputación”. En pocas palabras: el Juez debería ser subalterno obediente del Fiscal. “El Juez no puede ser un títere del Ministerio Público. ¿Para qué entonces la figura del Juez como garante del debido proceso?, indica la señora Jueza.
La independencia del Juez debe ser respetada. En ocasiones, por premura se producen sanciones que, luego, deben ser rectificadas. Tal sucedió con un Juez Civil de Quito a quien destituyeron por “enriquecimiento ilícito,” pero en la lista de los bienes supuestamente adquiridos con la corrupción habían incluido una casa ajena y hasta al vehículo en que se movilizaba le pusieron un precio muy elevado. A ese Juez lo repusieron en sus funciones, pero recibió un daño parcialmente irreparable.
Dice bien el presidente de la Corte Nacional de Justicia, Dr. José Vicente Troya: ‘ “hoy más que nunca, la tarea del Juez es poco comprendida y muy criticada, muchas ocasiones sin tener en cuenta cuáles son los obstáculos y los desafíos que se imponen en la actividad jurisdiccional”. Así sucede.