Es importante el debate respecto a lo que parece ser un intento del Gobierno para controlar la actividad de los municipios en el uso del suelo, mediante una ley de largo título. Se propone crear una Junta de Territorio y Suelo; y una Superintendencia inclusive con facultades para sancionar.
Dice el art. 264 de la Constitución: “Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias “exclusivas” sin perjuicio de otras que determine la ley” En el número uno menciona… “regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural”. En el número dos, “Ejercer el control sobre el uso y/o ocupación del suelo en el cantón”.
¿Lo hacen? ¿Y si lo hacen, ¿en qué forma y tiempo? Citemos algunos ejemplos: a) Un propietario de lote en el valle de Los Chillos, para ampliar el espacio de su vivienda compró otro aledaño. De pronto, la novedad que por el adicional habían concebido realizar una nueva vía. Desde el año 2009 hasta el 2014 el proyecto permanece en la intención, pero al dueño no le permiten construir ni cerramiento, porque esa propiedad… “está afectada parcialmente con la vía que se halla planificada en doce metros de ancho”… ¡Pero le cobran el impuesto por lote no construido! Los políticos que planifican elecciones populares, ¿habrán meditado alguna vez si los ciudadanos resentidos con el trato municipal a sus peticiones e intereses, votarían para una reelección? b) Porque en plena ciudad de Quito, una pareja obtuvo deuda bancaria para construir tres departamentos, con la esperanza de vender uno, pagar la deuda del banco y tener un fondo para afrontar los malos tiempos de la edad. Pero ¿hasta cuándo llegará el inspector para que emita informe? ¿Cuándo aprobarán en el Municipio el régimen de Propiedad Horizontal? Hasta tanto, el banco exige el pago; y, a lo mejor, mediante embargo los confiados constructores quedarán en la ruina económica.
Qué decir de trámites en el Catastro que culminaban en tres días y hoy en el mínimo de un mes. Qué decir sobre la actualización catastral que se tramitaba en quince días; hoy, en tres meses. Y si se trata del margen de error en la medida de una superficie que, antes, admitía hasta un 10%, hoy debe ser exacto, lo que comporta nuevos planos, trámites y más trámites que ocupan ya no días, sino meses.
La nueva administración municipal, en particular el nuevo Alcalde, deben crear -si no lo hay- un ente propio para recibir quejas y denuncias, pues hoy no tienen dónde los escuchen; y, si es el caso, sancionar. Ese ente debe ser, como en la Función Judicial es el Consejo de la Judicatura. Deberá controlar la actuación de los operadores sobre materia del suelo urbano y rural.
De ese modo, no prosperará la intención de gente de Gobierno por controlar a los municipios en su facultad “exclusiva” respecto al suelo, su uso y ocupación.