Las fundas tipo camiseta para acarreo de productos o alimentos son los plásticos de un solo uso más empleados en el Ecuador, según el Ministerio del Ambiente. Foto: Pxhere.
La Asamblea Nacional aprobó en segundo debate la Ley que tiene la intensión de reducir el uso y comercio del plástico de un solo uso en Ecuador. La prohibición es para la utilización de fundas, envoltorios, envases, botellas, sorbetes, entre otros.
La Ley Orgánica para la Racionalización, Reutilización y Reciclaje de Plásticos, y la Prohibición de Plásticos de un solo uso en el Comercio fue aprobada con 129 votos a favor de 130 en la Asamblea Nacional la noche del miércoles 4 de noviembre del 2020.
El objetivo de la Ley es “proteger la salud humana, el ambiente y la naturaleza; sensibilizar a las personas y reducir progresivamente los plásticos de un solo uso que se disponen en el mercado nacional”, según un tuit de la Asamblea Nacional publicado junto al resultado de la votación.
Los plásticos de un solo uso son todos los que se conoce como desechables que se descomponen en cientos de años y que afectan al medioambiente como las fundas, botellas, sorbetes, entre otros.
La Ley establece que en el plazo de 36 meses a partir de la vigencia de esta normativa, se prohíbe:
“La fabricación e importación para el consumo interno, distribución, comercialización, entrega y uso bajo cualquier modalidad, de bolsas, envoltorios de plástico de un solo uso, cuya fabricación no contenga el porcentaje de materia prima reciclada señalada en esta ley.
La fabricación e importación para el consumo interno, distribución, comercialización, entrega y uso de platos, vasos y otros utensilios y vajillas de plástico de un solo uso para alimentos y bebidas de consumo humano y de animales, que no sean reciclables ni reutilizables y cuya fabricación no contenga el porcentaje de materia prima reciclada señalada en esta ley”.
La Asamblea Nacional, sobre el uso de fundas, propone que se pueda utilizar si tienen un porcentaje de material reciclado, que en cuatro años, debería alcanzar el 60%. En tres, 30% y en 18 meses 12%.
Los supermercados y comercios en general deberán utilizar bolsas reutilizables. La norma es progresiva y se aspira que en tres años se cumpla.
La normativa también establece la prohibición del plástico de un solo uso en playas, parques nacionales, reservas naturales, islas, playas y lagunas del país.
La Ley incluye multas por infracciones leves, graves y muy graves contempladas en el Código Orgánico del Ambiente. Las multas se establecieron entre USD 400 y 80 000.
Documento de la Ley Orgánica para la Racionalización, Reutilización y Reciclaje de Plásticos, y la Prohibición de Plásticos: