Unión por la Esperanza (Unes) prevé realizar el trámite para la inscripción de su binomio presidencial, conformado por Andres Araùz y Carlos Rabascall, la tarde de este viernes 2 de octubre del 2018. Fotos: Archivo/ EL COMERCIO
Unión por la Esperanza (Unes) prevé realizar el trámite para la inscripción de su binomio presidencial la tarde de este viernes 2 de octubre del 2018. Así lo confirmó Enrique Menoscal, director de Centro Democrático (CD), que firma parte de Unes.
Menoscal afirmó que la jornada será física, ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), en Quito. Explicó que no se les ha abierto el proceso de modo online. “El tiempo corre, no lo puedo hacer vía web si no se puede en el sistema, para no tener contratiempos lo haremos de forma presencial”.
Agregó que hasta el mediodía aún terminaban de clasificar los documentos necesarios para acceder al registro de la inscripción. Menoscal dijo que también está previsto que se desarrolle previamente la aceptación de la precandidatura de Carlos Rabascall, quien reemplazará a Rafael Correa en la candidatura para la Vicepresidencia.
“Tendrían que abrirnos el espacio para hacer la aceptación”, acotó. Este trámite surge luego de que el pleno del CNE concediera 48 horas plazo para que se subsanen los requisitos que fueron incumplidos por el binomio de UNES. Ese plazo concluye el sábado 3 de octubre, a las 00:00.
El pleno del CNE aprobó, con tres votos a favor, el informe recomendó que se niegue la inscripción de la candidatura de Arauz, porque la cédula ingresada para su calificación no corresponde al documento de identidad del aspirante.
También se recomendó reemplazar la candidatura a la Vicepresidencia de Correa, por estar incurso en inhabilitaciones y tener una sentencia condenatoria a ocho años de prisión por cohecho. El expresidente no aceptó presencialmente su precandidatura, como lo establece el reglamento de Democracia Interna.
Pero ¿Cuál es el procedimiento que aplica en casos de subsanación? El experto en temas electorales, Esteban Ron, dijo que una vez fenecido el plazo para la subsanación de errores y sustitución de candidato, la organización deberá presentarlo y el CNE deberá verificar que se hayan cumplido con los requisitos formales de dichos actos.
Una vez realizado esto, se pondrá en conocimiento de los demás sujetos políticos para que estos ejerzan su derecho de objeción a la candidatura.
En caso de no presentarse objeciones se procede con la calificación de la misma; pero una vez más una resolución del CNE revisable en sedes: administrativas y jurisidiccionales.
Si es que se da paso a una objeción por parte del CNE o la candidatura incumple requisitos o sus candidatos son inhábiles, se procede con la descalificación definitiva del binomio (Art. 104 del Código de la Democracia).
“Recordemos que hay un recurso interpuesto ante el TCE, si el mismo es admitido por el juez sorteado se suspenderá la resolución del CNE y por ende el plazo de 48 horas. Esto deberá ser expuesto por el juez en el auto de admisión. (Esto es muy importante) y su base está en el propio Código de la Democracia (Art. 269) y Reglamento de Trámites Contencioso Electorales (Art. 186)”.