El pasado 29 de marzo, en audiencia pública, las partes interesadas en el caso fueron escuchadas por la Corte Constitucional, que tiene un plazo de 45 días para responder a la inquietud de la Corte de Justicia, que dejó en suspenso el trámite de la causa de Soria y Benalcázar. Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO
Mañana, viernes 12 de abril del 2019, la Plataforma de ciudadanos y familias unidas por los valores se concentrará en los exteriores de la Presidencia de la República, en la capital. ¿Con qué objetivo? Esta agrupación, de forma simbólica, planea entregar más de 17 100 firmas, que han recogido.
Estos ciudadanos “exigen que las autoridades hagan respetar la Constitución de la República, cuyo artículo 67 garantiza el matrimonio como institución para las parejas de hombre y mujer”.
¿Por qué? Sus voceros, a través de un comunicado, señalan que actúan frente a tentativas de los jueces constitucionales, que ya han actuado como abogados de parejas del mismo sexo. “Y que hoy pretenden fingir imparcialidad para actuar en un caso de matrimonio pedido por una pareja de hombres”.
¿A qué se refieren? A la pregunta enviada por la Corte Provincial de Justicia de Pichincha a la Corte Constitucional. Quieren saber si es posible aplicar en Ecuador la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte IDH que otorga derechos más favorables para la población de Gais, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexo (Glbti), entre ellos el matrimonio civil igualitario. Además consultan si es posible tomar en cuenta esa legislación internacional, sin que medien reformas a la Constitución, Ley Orgánica de Identidad y Datos Civiles y Código Civil.
Esto porque Efraín Soria y Javier Benalcázar acudieron al Registro Civil, en 2018, para intentar casarse. La entidad les negó la posibilidad, recordando que en Ecuador la Constitución permite el matrimonio entre hombre y mujer solamente. Entonces, la pareja que lleva 12 años de unión, acudió a la Corte de Justicia, demandando la aplicación de la Opinión Consultiva.
El pasado 29 de marzo, en audiencia pública, las partes interesadas en el caso fueron escuchadas por la Corte Constitucional, que tiene un plazo de 45 días para responder a la inquietud de la Corte de Justicia, que dejó en suspenso el trámite de la causa de Soria y Benalcázar.
Grupos pro vida acudieron a dicha audiencia y expresaron su malestar porque el juez Ramiro Ávila sustancia esta causa, en la que como él repitió, la Corte Constitucional no resolverá sobre acciones de protección anteriores, para dar paso al matrimonio civil igualitario. Esto en relación a pedido de Pamela Troya y Gabriela Correa, que esperan desde el 2014 que ese tribunal revise su causa. Ávila subrayó que solamente se trata de una consulta de norma.
En el mundo, 26 países han permitido el matrimonio entre parejas del mismo sexo. En Ecuador, en noviembre de 1997 se despenalizó la homosexualidad. La Constitución del 2008 reconoce a las familias diversas. Desde el 2015 la unión de hecho es legal entre parejas del mismo sexo. Y la comunidad Glbti pide “no ser tratados como ciudadanos de segunda categoría”, según Soria, ni ser víctimas de discriminación por su orientación sexual, como también garantiza la Constitución.
En la audiencia intervino el abogado Braulio Álvarez, quien se identifica con la Plataforma de ciudadanos y familias unidas por los valores. En un vídeo que circula a través de redes sociales, él argumenta: “La Constitución garantiza a todos el derecho a ser juzgados por un juez independiente e imparcial. Sin embargo, Ramiro Ávila, pese a haber patrocinado demandas a favor del matrimonio igualitario, y a que públicamente se ha pronunciado sobre la Opinión Consultiva de la Corte IDH, no se ha excusado (en este caso)”.
En este vídeo, el abogado Álvarez finaliza su intervención con estas frases: “No permitas que la inmoralidad de unos pocos atente con los principios y valores de tu familia. Por amor a los tuyos, levanta tu voz y protesta“.
El pasado 2 de abril, el Pleno de la Corte Constitucional revisó los pedidos de recusación o de que el juez Ávila deje de sustanciar el caso, de estos grupos. Y ¿qué decidió? Negaron la solicitud porque no se ha demostrado que el juez constitucional tiene un interés directo en el caso de Efraín Soria y Javier Benalcázar. Y tampoco un proceso judicial pendiente con alguna de las partes. Además, el Pleno, como otros abogados y estudiosos, han recordado que Ávila ha actuado como catedrático, investigador y defensor de derechos humanos, lo que no lo invalida.
En estos días, en redes sociales se ha observado convocatorias para firmar “por la defensa del natural y constitucional matrimonio entre un hombre y una mujer. Decimos no a matrimonios entre personas del mismo sexo”.