Foto referencial. Marcha a favor del matrimonio igualitario frente al Registro Civil, en el norte de Quito. Foto: Archivo/EL COMERCIO
Un grupo de activistas Lgbti, es decir Lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexo, y heterosexuales que apoyan sus propuestas, hicieron pública su preocupación por el informe para segundo debate del Proyecto de Ley del Servicio Nacional de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, presentado por la Comisión de Gobiernos Autónomos.
En un comunicado exponen cuatro puntos, en los que quisieran cambios. Lo suscriben Pamela Troya, Byron Rosales, Silvia Buendia, de Matrimonio Civil Igualitario; León Sierra, Sandra Álvarez, Verónica Potes, Diana Maldonado y Luis Garcés. Estos son sus apuntes:
1. El sistema de doble cédula propuesto es discriminatorio hacia las personas trans. Si en todas las cédulas va a constar el sexo y solo en las de las personas trans, que así decidan constará el género, el resultado fortalecerá el estigma que ya tienen que cargar. Esa separación de poblaciones consolidará la ciudadanía de segunda clase. El objetivo de los reclamos del activismo trans del Ecuador, de que todas las cédulas muestren lo que todas las personas mostramos al mundo, nuestro género, no nuestro sexo, queda tergiversado con esta pretendida separación de poblaciones entre personas cisgénero y personas trans.
2. El proyecto deja en la desprotección jurídica a las parejas homoparentales a las que se niega la posibilidad de reconocer a sus hijos e hijas comunes. Los artículos 5 (definición de reconocimiento) y los artículos 28 y 37 del proyecto insisten en hablar de padre y madre biológicos, ignorando así a las familias homoparentales ya reconocidas en el artículo 67 de la Constitución. Así, cuando una pareja de mujeres unidas en relación conyugal (sin poder llamarla matrimonio porque este derecho les está vedado) decida tener un hijo con material genético donado, no podrá registrar a la criatura como hijo común de ellas. Como está la propuesta, la decisión de una pareja de planear una familia y concretarla es jurídicamente irrelevante.
Adicionalmente, esta situación conlleva la indefensión de esa criatura que ante la separación de la pareja no podría reclamar lo que cualquier hijo, como una pensión básica, que quedaría a la buena voluntad de esa madre. Peor aún, en el caso de muerte de la madre biológica, el Estado entraría a decidir la vida de la criatura pudiendo colocarla bajo la tutela de un familiar de la fallecida (de tenerlo) o incluso en adopción (de no tener familiar cercano).
La propuesta cierra también las posibilidades de maternidad por subrogación que afectan en particular a parejas de hombres, pero también a cualquier pareja que no tuviera más oportunidad de extender su familia que por esa vía.
3. La propuesta de que el estado civil no conste en el documento de identidad afectaría especialmente a las parejas homosexuales. Nuestra lucha por conseguir que la unión de hecho fuera considerada un estado civil y que como tal se incorporara en la cédula partió de una dificultad práctica: a diferencia de las parejas de distinto sexo que nunca están obligadas a probar su relación ante nadie, las parejas del mismo sexo enfrentan dificultades ante agencias públicas o privadas, que se niegan a reconocer estas uniones. En un mundo ideal, todas y todos recibiríamos el mismo trato pero el activismo Lgbti ha demostrado cómo los servicios de notarías, hospitales, seguridad social, etc., se nos complican si de por medio está demostrar nuestras relaciones de vida en común. Los legisladores al plantear normativa tienen la obligación de analizar a profundidad cómo medidas aparentemente neutrales impactan en distinta forma a distintas personas o grupos.
4. La prohibición de adopción por parte de personas solas (art. 44 del proyecto de Ley) impone una restricción adicional a lo previsto en la Constitución y es además discriminatoria por razón de estado civil. Esta disposición confirma un temor que tenemos a partir de las políticas que se vienen implementando en el Ecuador: que, pese al reconocimiento constitucional de las diversas formas de ser familia, el modelo que se pretende consolidar como ideal en el país es el de padre, madre e hijos. El proyecto refuerza este valor heteronormativo en desmedro de las familias ecuatorianas no conformados bajo ese patrón. Esta disposición violaría también derechos reconocidos como el del libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que los derechos de los demás.