Cuando forzadamente se modificó el sistema electoral distributivo D’Hont, en las elecciones de febrero de 2013, se arrasó con el derecho de representación de minorías, y alcanzó l00 curules, número suficiente de Alianza País que reeligió a su líder para gobernar, con ese respaldo irrestricto, hasta 2017. Esa mayoría parlamentaria absoluta garantiza la aprobación de leyes y códigos que ostenten el sello de la Presidencia de la República. Así se consolidó el poder político sin separación de poderes y no hay ninguna posibilidad de vida democrática.
La Asamblea tuvo su debut pomposo con la aprobación de la Ley de Comunicación de junio-2013, y ya se anunció que la próxima obra jurídica cumbre de sabiduría, a la vez que prioritaria para cumplir los objetivos del Buen Vivir, entre otros de la Revolución Ciudadana, era un Código Penal Integral. No han solicitado suficientes criterios de las Facultades de Derecho, tampoco han invitado a múltiples jurisconsultos penales, ni a autores de obras de esa área académica, han estado ausentes criterios de exdecanos de Facultades de los últimos 30 años, de Academias y Colegios de Abogados. Su texto no ha incorporado serias objeciones a la tipificación de nuevas figuras delictivas sobre la calumnia, el terrorismo y el aborto, otras, como la prisión por no haber afiliado al IESS a trabajadores, el penalizar a personas jurídicas, el situar como delito al tráfico de influencias de servidores públicos, elemento muy subjetivo, el sobreproteger al paciente frente al médico; el poner a editores, directores y propietarios de medios de comunicación como delatores de un autor de opinión, reproductor o responsable de una publicación, penados por no dar sus nombres al fiscal. En consecuencia, el proyecto que debate el Pleno de la Asamblea tiene un evidente enmarcamiento punitivo para llenar, con ciudadanos condenados, las deficientes y escasas cárceles del país, y envejecerlos por décadas en dichas prisiones.
Este evidente control masivo limita el desarrollo libre de la sociedad, y será a través de mil artículos que llenarán páginas en tres libros, y si no se ha hecho una sistematización de la tipología delictiva con los meses o años de condena, y de la acumulación de delitos, se trastornará la enseñanza del Código Penal.
Este urgente Código Penal hará muy difícil la tarea docente en las Facultades de Derecho, y al momento de usar las nuevas y frondosas figuras delictivas por los jueces y fiscales, y más aún por los Tribunales, y las Salas especializadas de Cortes Provinciales y de la Corte Nacional, podrían incurrir en errores y contradicciones. Adviértase que el campo que ocupa la materia penal es de la máxima sensibilidad que tenemos los seres humanos: la libertad de las personas, porque toda infracción contiene una sanción que la anula y agrava la convivencia de la sociedad ecuatoriana.