En tres artículos del pasado mes, en este Diario, tratamos de la inconstitucional generación oficial de la autocensura, del régimen truculento de un servicio público regulador y del control regio al pensamiento y la expresión por un comisario y un comité; sin embargo, a pesar de esto, la Ley de Comunicación declara que “todas las personas tienen derecho a expresarse y opinar libremente de cualquier forma y por cualquier medio”. ¿Cómo entenderlo? Es obvio que la libertad de comunicación es sobre un “contenido” que lo constituye “todo tipo de información u opinión que se produzca, reciba, difunda e intercambie a través de los medios de comunicación”. “Libertad” y “Contenido” son elementos de una correlación necesaria, por lo que resulta patente que cada restricción a la información u opinión significa, simultáneamente, limitación a la libertad de expresión.
Toda información solo puede ser publicada si ha sido objeto de verificación que, según la ley, implica “constatar que los hechos difundidos efectivamente hayan sucedido”. La restricción es una real mordaza. Se trata de corroboración directa que el medio debe cumplir para, luego, elaborar una especie de parte policial que publica como información. Que esta sea contrastada no basta, debe ser constatada. Por ejemplo, difundir que el ministro “X”, enjuiciado, cenó con el juez de la causa, afirmándose que el hecho se conoce por una fuente que ha pedido reserva, está prohibido, pues, el dato sobre la reunión gourmet no ha sido constatado directamente por el medio, no existe la “verificación” exigida. La información solo puede ser legalmente difundida si se publica, también, la “identificación de la fuente” y su “interés específico familiar, político, económico y electoral”.
Hoy, la “reserva de la fuente” como derecho ha perdido toda realidad y función, pues, ningún periodista puede usar ninguna para publicar hechos que deben serlo, si no la identifica públicamente. No está vigente la libertad de informar manteniendo el derecho a la “reserva de la fuente”, aun cuando la información publicada sea contrastada. De esta forma se han blindado con eficacia los secretos del poder, claro, en menoscabo de nuestro derecho a ser informados.
Amordazando a los medios el Gobierno consiguió dos objetivos: el primero, desestimular las fuentes de información, pues, no habrá quien quiera ser identificado públicamente como revelador de hechos ocultos y sufrir las represalias del poder; el segundo, restringir la publicación de informaciones de interés público sobre hechos producidos en la clandestinidad del poder.
El derecho a recibir la información contrastada expiró. Recibiremos partes informativos sobre hechos públicos cuando los periodistas ejerzan el rol de policías asignado por la ley.