Cuestionable. La respuesta que ofrece un Estado a las muertes de las jóvenes turistas argentinas en Montañita lo es, y no por un solo funcionario.
Sí. Un Ministro pisoteó el principio universal de presunción de inocencia: difundió las “imágenes de los presuntos responsables del asesinato de las jóvenes”, sin que un juez hubiese dictado sentencia ejecutoriada, como lo prevé la Constitución (art. 76). ¿El Ministro es juez ? ¿La Policía lo es?
Aunque la Convención Americana sobre DD.HH. contempla que toda persona tiene derecho a no declararse culpable, el Ministro reconstruyó los hechos del doble crimen a partir de la supuesta confesión, autoinculpatoria y en reserva, de un hombre que en audiencia ante juez dio otra versión. ¿Y el derecho al debido proceso?
Repudiable la reacción de funcionarios y ciudadanos que con la noticia de esas muertes transfirieron la culpa a las víctimas por andar solas, en traje de baño. Aún sin traje de baño, ¿se justifica segar esas vidas y amortajarlas en plásticos? ¿Solas? ¿Acaso dos mujeres no se acompañan entre ellas?
Solas están todas las Marinas y Marías Josés ante una sociedad consentidora de lo patriarcal. ¿Cuál sociedad? Esa que se reimprime en el Estado. En 2014 se vendió como avance de la lucha contra la violencia a la mujer la inclusión del “femicidio” en el Código Integral Penal (COIP), con cárcel de 22 a 26 años a quien mate a una mujer (bajo ciertas condiciones); igual castigo que el asesinato.
Así, en la Fiscalía se esfuerzan por definir cuáles casos se enmarcan en el nuevo tipo penal (del 10 de agosto de 2014 al 15 de febrero de 2016 se identificaron 73 femicidios) y leen bien el COIP, según el cual estaría descartado el femicidio en el ensañamiento perpetrado contra las turistas argentinas.
Sí. Los asambleístas configuraron el femicidio únicamente para las muertes en “relaciones de poder” y no, como se debiera, para todo crimen de odio por misoginia. Una leguleyada que en 2014 dejó impune al androcentrismo y solas a las mujeres violentadas.