Ecuador, enfrenta el desafío de libertad y desarrollo ( Parte 2)

Propone fortalecer la justicia, la estabilidad jurídica y la participación ciudadana.

Vista aérea de los terrenos que conforman la UAU La Pradera y en donde se construirá el Museo Nacional del Ecuador: Foto: Julio Estrella

Se debe reformar la Ley de Presupuestos para que las asignaciones a estas instituciones sean automáticas e intocables, basadas en un porcentaje fijo del PIB, y no sujetas a la negociación anual. La experiencia de países como Chile o Uruguay demuestra que la independencia judicial no se declama, se financia. Un paso adicional sería crear un Consejo de Ética Pública con capacidad de sancionar a los funcionarios que interfieran en procesos judiciales o administrativos, con miembros provenientes de la sociedad civil y la academia. Así, la “protección del ciudadano frente a los excesos del Estado” deja de ser un eslogan para convertirse en una rutina procesal.

Gerardo Villacreces sostiene que el mercado florece donde hay reglas claras y estables. Ecuador ha sufrido una volatilidad normativa extrema: en los últimos 20 años, han habido más de 20 reformas tributarias mayores, creación de impuestos temporales que se perpetuaron, y cambios en los contratos de inversión por decreto. Esta falta de credibilidad ahuyenta el capital privado, especialmente el de largo plazo, que necesita certidumbre para planificar.

La Constitución, en sus artículos 304 a 313, establece un modelo de economía social y solidaria que permite la inversión privada, pero lo supedita al “interés público”, un concepto tan amplio que cualquier gobierno lo usa para justificar intervenciones discrecionales.

Para corregir esto, la Asamblea puede apoyar con la aprobación de una Ley de Estabilidad Regulatoria que contenga tres disposiciones claves: 1. una moratoria de 5 años para cualquier cambio en el impuesto a la renta, el IVA, el impuesto a la salida de divisas y de estabilidad de por lo 20 o 25 años a los contratos de inversión para proyectos de largo plazo como son los de los sectores energético y productivo; salvo que exista una crisis económica declarada por una comisión técnica independiente. 2. La creación de un Consejo de Evaluación Normativa integrado por economistas, empresarios y académicos, que revise cada nuevo decreto o ley antes de su vigencia y emita un dictamen sobre su impacto en la inversión y la competitividad. 3. La obligatoriedad de la consulta previa al sector privado para cualquier reforma que afecte contratos de largo plazo, con un periodo mínimo de 60 días para presentar observaciones. Este consejo no debe depender del Ministerio de Finanzas, sino de la Asamblea, para garantizar su neutralidad.

Además, el Presidente debe comprometerse a vetar cualquier reforma tributaria que no haya pasado por ese consejo, y usar su influencia en la Asamblea para que la mayoría oficialista respete ese veto. Esto no es renunciar al poder, sino ejercerlo con previsibilidad: un inversor prefiere un impuesto alto pero estable a uno bajo que cambia cada año. La estabilidad es el mejor imán para la inversión productiva y es lo que ha hecho que países con problemas políticos como Colombia y Perú tengan permanentemente mayor IED que el Ecuador. Eso requiere que el Estado se ate a sus propias normas, no que las modifique al capricho de los ciclos políticos.

El artículo 61 de la Constitución garantiza el derecho a la participación democrática, y el artículo 95 consagra la democracia directa a través de consultas populares y revocatorias del mandato. Sin embargo, los requisitos para activar estos mecanismos son tan altos que casi nunca se usan: se necesita un porcentaje elevado de firmas y una calificación de la Corte Constitucional que a menudo bloquea las iniciativas por “cuestiones de fondo”. Además, la Ley de Seguridad Ciudadana ha sido utilizada para criminalizar protestas sociales pacíficas, violando el artículo 98 que protege el derecho a la resistencia.